• 15/03/2021 00:00

Participación activa de los consumidores

“Uno de los derechos fundamentales universalmente reconocidos, como lo es la representación, parece muy poco conocido o de muy poco interés por los consumidores en nuestro país”

La idea de celebrar cada 15 de marzo como el Día Mundial de los Derechos del Consumidor es que las personas asuman un rol protagonista permanente, para defender sus derechos y exigir productos y servicios de calidad.

Uno de los derechos fundamentales universalmente reconocidos, como lo es la representación, parece muy poco conocido o de muy poco interés por los consumidores en nuestro país. Es el derecho a constituir grupos u organizaciones que los representen y hagan oír sus opiniones en los procesos de adopción de decisiones que los afecten.

El mencionado derecho, presenta como rasgo sobresaliente el que varios entes asociativos expresan los intereses de los ciudadanos, en la discusión y resolución de asuntos de incumbencia colectiva. La participación activa de los consumidores en toda la materia de consumo enriquece las decisiones que tomen las autoridades sobre temas de consumo, ambiente y servicios públicos, entre otros.

En términos generales, esto resulta relevante para abordar la problemática del consumo desde una perspectiva integral, al momento de definir políticas o de expedir normas de alcance general (leyes y reglamentos, por ejemplo).

De allí que no puede existir celebración de los derechos de los consumidores, si los propios consumidores o usuarios no se encuentren debidamente representados por asociaciones u organizaciones no gubernamentales, tales como algunas que están formadas, pero que requieren del calor popular o que participen de actividades propias de los consumidores.

En Panamá, a través de la Ley No. 45 de 31 de octubre de 2007, por la cual se dictan normas sobre protección al consumidor y defensa de la competencia, se establecen algunos de los derechos de los consumidores.

Los ocho derechos de los consumidores que son reconocidos, en casi todo el mundo, son: derecho al consumo o a la satisfacción de las necesidades básicas; a escoger, tener acceso a una diversidad de productos y servicios diferenciados, para una mejor elección que promueva una competencia real y efectiva; obtener una información clara, veraz y suficiente, en los productos y servicios que adquiere, y no ser inducidos a tomar decisiones equivocadas, por información errónea o parcial; seguridad, obtener productos o servicios que reúnan las condiciones mínimas, de acuerdo al uso establecido u ofrecido en términos de funcionalidad que no represente un peligro potencial para la salud; compensación, recibir una respuesta satisfactoria ante reclamos justos; ser escuchado en la atención de los problemas particulares, por los entes gubernamentales y privados, a fin de encontrar la solución a sus problemas globales a través de una representación; orientación y educación del consumidor; y el derecho a un ambiente saludable, que favorezca la calidad de la vida a generaciones presentes y futuras.

Comunicador social.
Lo Nuevo