• 24/07/2022 00:00

Compensación por suministro de información: Panama debe cobrar

Los países con elevadas tasas de tributación (“infiernos tributarios”), que además gravan las rentas obtenidas por sus contribuyentes fuera de sus países de residencia, como carecen de la capacidad para cobrar plenamente a estos los impuestos por rentas de fuente externa han transferido al resto del mundo, especialmente a los países que son receptores de sus inversiones, la responsabilidad forzosa de ayudarle a recaudar tales impuestos.

Los países con elevadas tasas de tributación (“infiernos tributarios”), que además gravan las rentas obtenidas por sus contribuyentes fuera de sus países de residencia, como carecen de la capacidad para cobrar plenamente a estos los impuestos por rentas de fuente externa han transferido al resto del mundo, especialmente a los países que son receptores de sus inversiones, la responsabilidad forzosa de ayudarle a recaudar tales impuestos.  De manera semejante han transferido la responsabilidad de proporcionarles información que les permita perseguir el blanqueo de capitales y otros delitos financieros en sus países aplicando medidas penales y el decomiso de activos de origen delictivo.

La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), club de infiernos tributarios y países ricos, impone  esta transferencia forzosa de responsabilidad por medio de su programa de “Competencia Tributaria: un asunto global emergente”, que data de 1998, para cuya ejecución han generado paso a paso  y puesto en práctica unilateralmente regulaciones y métodos y ha creado hasta el día de hoy organismos que son controlados por la OCDE como es el caso del Foro Global sobre Transferencia e Intercambio de Información Tributaria y el Grupo de Revisión Paritaria. El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que es un programa de la OCDE para otros delitos no tributarios, hace su parte por medio de las “Recomendaciones”.

Para la OCDE y el GAFI el verdadero  interés es que sus miembros tengan   acceso irrestricto, amplio y expedito de esta información  y en segundo lugar la aplicación de las normas  penales y pecuniarias en los países  Han elaborado instrumentos para el suministro de la información a requerimiento  y automática, y para  interferencias en la política tributaria y de servicios de los países,   a las cuales se ha ido sometiendo sistemáticamente nuestro país.

El esquema de aplicación de sus presiones por parte de la OCDE y del GAFI en el ámbito tributario y respecto a otros delitos  como en el de blanqueo de capitales,  es “nombrar, culpar y avergonzar” (name, blame and shame).  Los países que no se someten  a la presión son nombrados (listas negras, grises, blancas), culpados (listas de no cooperadores) y avergonzados (daños de reputación y amenazas de aplicación de sanciones por el Grupo del G-20 y otros organismos controlados por los infiernos tributarios). Y sometidos a medidas discriminatorias que reducen o eliminan la competitividad y atractivo de sus servicios, como ha experimentado Panamá.

Sin embargo, no nos llamemos a engaño. No es que allá están aquellos, los malos, y acá nosotros, los buenos. Debe quedar claro que todas las normas adoptadas por Panamá para proteger sus servicios del blanqueo de capitales, de  la evasión tributaria  y otros delitos precedentes son producto de esas presiones. Ninguna por iniciativa propia.

Panamá  ha sido, es  y continuará siendo objeto de todo este esquema de presiones, amenazas y medidas discriminatorias, cuyo indisimulado objetivo siguiente es la eliminación del principio del principio de territorialidad fiscal.

Lo  hemos planteado desde el 2007. Oídos sordos. Reiteramos que en desarrollo de una política nacional efectiva, coherente, viable y de largo plazo, como respuesta a las presiones, amenazas y medidas discriminatorias de la OCDE y el GAFI, Panamá debe incorporar los elementos siguientes:

1. Negociar compensación por el suministro unilateral de información tributaria y penal impuesto por la OCDE y el GAFI, para compensar el costo administrativo del suministro y la pérdida de competitividad de sus servicios y, más aún, para compartir la ventaja económica que produce esa información para la recuperación tributaria y otras ventajas económicas y de aplicación de la justicia interna en el país receptor.

2. Una experiencia de suministro eficiente y oportuno de información es indispensable para la viabilidad de estas gestiones. Adicionalmente, nuestros Gobiernos, y el país en su conjunto, deben contar con la capacidad  y ejecutoria  moral que logre generar en los interlocutores el debido respeto y atención, al contar con normas y aplicar medidas que permitan en su interés interno erradicar la corrupción y castigar eficazmente delitos penales, financieros y tributarios, y que así lo demuestren fehacientemente a la comunidad internacional. Debemos inspirar certeza de que los fondos cuya obtención se gestiona serán administrados de manera eficiente y honesta por los Gobiernos de Panamá.

3. Esta compensación debe gestionarse bilateralmente y concretarse en beneficios de cualquier tipo para cualquier sector económico o social  del Panamá, sin limitarse a proveedores de servicios legales o bancarios. Ya existen acuerdos logrados sobre distribución de activos (“assets sharing” ) negociados entre algunos países en materia tributaria y fiscal que son un buen ejemplo y precedente.

4. La gestión de compensación necesita el esfuerzo organizado y diligente del país (Gobierno y Sector Privado)  para tener en todo momento a disponibilidad un inventario de las ventajas que debe negociar con cada interlocutor.

5. Es de fundamental importancia disponer equipos de negociación con la debida solvencia técnica, carente de conflictos de intereses e identificados con el interés nacional.  Su trabajo debe ser un ejercicio activo con el corazón, los brazos, la mente. Ayuda  también algo de coraje.

6. La política y acciones de Panamá para la compensación por el suministro unilateral de información tributaria y penal debe ser autónoma  e independiente, sin estar sometido a tutela de la OCDE, del GAFI, de la Organización Mundial del Comercio, del Banco Mundial ni de ningún otro Gobierno extranjero u organismo internacional.

Consultor en Asuntos Económicos y Bancarios
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