• 31/01/2019 01:01

Fuero penal electoral: arma contra la administración de justicia

‘[...] pregunté al TE si habría un mecanismo para evitar esta situación, pero este respondió que ‘la Ley Electoral no contempla dicha sanción' [...]'

La ‘expedita e ininterrumpida' administración de justicia en Panamá, conforme lo estipula la Constitución Política, está en crisis, particularmente en su aplicación a los delincuentes de cuello blanco. A mi juicio, dos elementos se han combinado para llevar el problema a este nivel: por un lado, la elevada corrupción en el Órgano Judicial y, por el otro, el manejo por el Tribunal Electoral (TE) del fuero electoral, convirtiéndolo en uno de los instrumentos de impunidad de la clase política.

Incluido en el año 1689 en la Carta de Derechos Individuales (‘Bill of Rights') del sistema anglosajón, con el exclusivo propósito de proteger a los parlamentarios por las opiniones vertidas en sus funciones legislativas, el fuero se extendió gradualmente a todo el mundo. Cuando fue creado, sus promotores dejaron claro que el mismo tenía el propósito de proteger a los legisladores al ejercer sus funciones, más no como un recurso para escapar a la acción de la justicia.

En Hispanoamérica el fuero ha cambiado a tal punto que se ha distorsionado su propósito original, convirtiéndose en herramienta de impunidad. Su creciente aplicación ha inducido a muchos países a limitarlo o eliminarlo, ya que de ser una prerrogativa parlamentaria ha pasado a convertirse en un privilegio. Y en Panamá, como en la mayoría de los países, la Constitución consagra (Art. 19) que ‘No habrá fuero o privilegio ni discriminación por razón de raza, nacimiento, discapacidad, clase social, sexo, religión o ideas políticas'.

En Panamá, el fuero nació en 1983 con el Código Electoral (Ley 11 de 10 de agosto de 1983), pero limitado al ámbito sindical, con el fin de proteger a los dirigentes gremiales, tanto del sector público como privado. Pero en la reforma introducida en 1997 cambió a fuero electoral y de forma creciente se ha venido ampliando hasta convertirse en un cuasi blindaje contra la investigación y subsecuente enjuiciamiento de políticos corruptos por delitos penales. Y su aplicación se ha extendido a quienes participan en elecciones primarias de facciones políticas.

Esto ha llevado a algunos partidos a proteger abiertamente a miembros sujetos de investigación por delitos comunes, postulándolos a cargos internos en las elecciones primarias. Un partido llegó al extremo de posponer varias veces sus elecciones internas con el evidente propósito de extender esa protección. Lo más grave es que el propio TE, órgano que tiene la facultad privativa de levantar el fuero, se ha prestado para ese rejuego, bajo el argumento de que están ciñéndose al procedimiento establecido por el Código Electoral para levantar el fuero. En lenguaje popular, frente al ‘juegavivo', están haciéndose los bobos.

Conforme a la norma, una vez recibida la solicitud del Ministerio Público para levantar el fuero, el TE tiene dos días para notificar ‘personalmente' al aforado para que presente sus consideraciones. Pero ocurre que frecuentemente el aforado evita la notificación. En tal caso el TE debe fijar el edicto en la puerta de su oficina o residencia. No es hasta dos días que la notificación surte efecto; después, el aforado tiene dos días adicionales para interponer recurso de reconsideración, el cual debe ser resuelto en plazo de 10 días hábiles.

En todo el proceso, los imputados con fuero aplican toda clase de argucias; mientras no se les levante el fuero, el MP no puede realizar la investigación. La demora llegó a tal punto que, en enero de 2018, la procuradora Kenia Porcell se reunió con el presidente del TE para conocer el estatus de 10 solicitudes de levantamiento del fuero, pues ello dilataba las investigaciones. Ante la persistente situación, tres meses después (Telemetro, 11 de abril de 2018), el procurador de la Administración advirtió que el fuero estaba siendo utilizado para evadir investigaciones penales. Sin embargo, a fines de 2018 el TE se negó a levantarle el fuero a un candidato presidencial que se menciona en la investigación por los sobornos pagados por Odebrecht en Panamá.

Ante la abrumadora cantidad de imputados por corrupción que han apelado a la postulación de sus partidos para acogerse al fuero, pregunté al TE si habría un mecanismo para evitar esta situación, pero este respondió que ‘la Ley Electoral no contempla dicha sanción', pero observó que podría ser un tema a debatir en futuras reformas electorales. A mi juicio, Panamá debe imitar a los países que han decidido eliminarlo por constituir un privilegio que, además, se ha convertido en una herramienta de impunidad.

PERIODISTA

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