• 23/08/2011 02:00

Cambio constitucional para las estadísticas

PERIODISTA. Los cambios constitucionales que se avecinan son muy oportunos en materia de estadística nacional, la cenicienta asignatura...

PERIODISTA

Los cambios constitucionales que se avecinan son muy oportunos en materia de estadística nacional, la cenicienta asignatura del Estado panameño. El Numeral 10 del Artículo 280 de la Constitución Política consagra el trabajo de ‘Dirigir y formar la estadística nacional’ como una de las tantas funciones asignadas a la Contraloría General de la República (CGR).

Eso tiene que cambiar. Esta es la oportunidad de quitarle a la CGR esa función y elevar a rango constitucional el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC) de la CGR, sus funciones y la designación de sus directivos.

¿Cuál es el sustento de esta propuesta? Eliminar o, al menos, contribuir a despolitizar el uso de las estadísticas nacionales y evitar, por ejemplo, el desastre que fueron los Censos Nacionales de Población y Vivienda del año 2010, gracias a la señora contralora, Gioconda Torres de Bianchini.

De Bianchini sentó un pésimo y desagradable precedente, nunca antes visto, sobre los Censos Nacionales que la CGR viene realizando desde hace décadas. Además, con sus cantinfladas, antes y durante la realización de dichos Censos Nacionales, lesionó mortalmente la credibilidad de las estadísticas panameñas.

Desde reconocidos académicos, hasta notables estadistas y profesionales de toda índole, comentaron públicamente la falta de credibilidad en los resultados de los Censos Nacionales del 2010 por los problemas que enfrentó el proceso, debido a los burdos caprichos de la señora contralora y su principal asesor.

Por otro lado, el actual INEC no es más que un estético nombre que le queda muy grande a lo que en realidad es: una dirección más de la CGR, donde la contralora o el contralor de turno deciden qué hacer o no hacer con los números y estadísticas que producen las decenas de funcionarios que allí laboran en todo el país.

En otras palabras, el INEC gasta varios millones de dólares de los panameños, año tras año, produciendo estadísticas para los archivadores, las computadoras y para sus oficinas, ya que no existe y nunca ha existido un plan de divulgación e información sobre las estadísticas nacionales y lo que el país produce.

Parte de esas estadísticas se suben al sitio web del INEC, pero la mayoría de éstas no son fáciles de encontrar por el algoritmo de códigos que utiliza la institución para su publicación en la web; por lo tanto, sectores importantes, como los medios de comunicación, no lo consultan y, por ende, no hay divulgación de una labor que le cuesta millones de dólares al bolsillo de los panameños.

Cuando laboraba en la Dirección de Comunicación Social de la CGR durante la actual administración, los comunicados de prensa sobre las estadísticas del INEC debían ser aprobados por el despacho superior para su divulgación. Ni siquiera la directora de Comunicación tiene la potestad de enviar dichos comunicados a los medios de comunicación.

La consulta en el despacho superior era para verificar si los resultados de las estadísticas, del tema que fuera, afectarían positiva o negativamente a la imagen del gobierno del presidente Martinelli.

Muchas veces, la secretaria o la asistente del principal asesor de la contralora, que ya conocía ‘la línea’, era quien aprobaba o no los comunicados de prensa sobre estadísticas. Es decir, al final de cuentas, una secretaria en la CGR es la que decide si se divulgan o no las estadísticas del INEC que le cuestan millones de dólares a los panameños en producirse.

¿Se requieren más argumentos para elevar a rango constitucional el INEC? ¿Se requieren más argumentos para sacar y despolitizar las estadísticas de la CGR? Es urgente hacer algo para rescatar el prestigio y la credibilidad de las estadísticas nacionales y esta es la oportunidad. No hay otra.

La propuesta que ya hemos presentado a la Comisión de Notables para las Reformas a la Constitución Política es sencilla, además de establecer la autonomía del INEC y sus funciones en la Constitución Política, proponemos que el director sea nombrado por el Ejecutivo, pero ratificado por la Asamblea Nacional, para un periodo de 10 años y que dicho periodo culmine después de la realización de los Censos Nacionales de Población y Vivienda que se realizan en el país cada 10 años.

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