• 24/10/2019 00:00

Título Constitucional para la CSS: ¿oportunidad o amenaza?

“Yo apoyo la creación de un Título Constitucional que nos garantice a los panameños el derecho al goce de la salud para todos en todos los lugares”

El director de la Caja de Seguro Social (CSS) presentó una solicitud formal para que, en las próximas reformas a la Constitución de la República, se eleve la Caja de Seguro Social a Título Constitucional. Esta solicitud ha generado diversas reacciones entre la sociedad panameña. Mientras unos la ven como una amenaza, otros piensan que es una oportunidad. En todo caso, los panameños, en especial los asegurados, debemos estar bien enterados de la propuesta y sus falencias, que las tiene, a fin de incorporarnos, con objetividad y conocimiento de causa, al debate que debe desarrollarse en la Asamblea Nacional, teniendo como norte el mejor futuro para nuestra CSS, y no la diatriba personalizada que no conduce a nada productivo.

En la exposición de motivos, el proponente manifiesta que los cimientos y estructura de nuestro sistema de aseguramiento, no puede sujetarse a los vaivenes políticos o coyunturales de la sociedad, y subraya la necesidad de crear un Título Constitucional que regule la figura de la CSS como proveedor de seguridad social que propenda al bienestar y seguridad de la población, como ente público encargado de regentarla, liberándola de todo contenido político que impide una efectiva administración. Para eso es necesario establecer nuevas normas tendientes a garantizar una verdadera autonomía de la CSS, en lo administrativo, funcional, económico y financiero, que garantice su sostenibilidad institucional.

A partir de esta declaración, la propuesta enuncia los artículos que describen la estructura propuesta para los órganos de Gobierno de la CSS, definiendo claramente sus competencias, deberes, responsabilidades, acorde con los fines de la seguridad social. Especial relevancia tiene el primer artículo, que propone: “La Caja de Seguro Social es una entidad autónoma e independiente de derecho público. Se le reconoce personería jurídica, patrimonio propio y derecho de administrarlo. Tiene el derecho de autogobernarse en lo administrativo, funcional, económico, presupuestario y financiero, con sujeción a lo establecido en la Constitución, la Ley y los reglamentos”.

Por su parte los miembros de la Comisión de Alto Nivel, CAN, y la Comenenal, que forma parte de la primera, manifestaron, en sendas notas remitidas a la Asamblea Nacional, su oposición a la propuesta. La CAN señala que la misma sobrepasa la rectoría sanitaria que le concede la Constitución al Minsa, propicia la dicotomía en materia de salud, y busca un blindaje financiero que no resuelve los problemas intrínsecos de funcionamiento de la CSS. Agregan que los artículos propuestos ya están descritos o recogidos en la Ley 51 de 2005, los que son de obligatorio cumplimiento. La Comenenal también se opone a la aprobación de la reforma como está planteada en el documento entregado por el director general de la CSS. Subrayan los agremiados que elevar solo a la CSS a Título Constitucional colocaría a esta por encima del Ministerio de Salud en cuanto a su rol rector de la Salud en Panamá; propiciaría que la CSS incumpla las disposiciones con respecto al Modelo de Gestión y al Modelo de Atención que establece el Minsa en Panamá; podría echar por tierra la necesaria coordinación efectiva entre Minsa y CSS, que mandata el Decreto Ejecutivo No. 290 de 9 de julio de 2019.

Sin embargo, la Comenenal hace un aporte que es conveniente considerar a la hora de los debates. Recomiendan modificar la propuesta y elevar a Título Constitucional, todo el Capítulo 6, “Salud, Seguridad Social y Asistencia Social”, de la actual Constitución, blindando así todo el sector salud contra el clientelismo y la corrupción. Dentro de este nuevo Título Constitucional proponen crear tres capítulos: el Ministerio de Salud, la Caja de Seguro Social, y la Asistencia Social. Agregan que los capítulos, el articulado, la reglamentación, y sus componentes —normas, procedimientos, guías y protocolos de funcionamiento— deben hacerse tomando el ejemplo de la ACP.

Finalmente, como panameño asegurado, dueño de la CSS, yo quiero que mi institución tenga, al igual que el Canal de Panamá, autonomía plena en lo gerencial, económico, presupuestario y financiero. Que su gestión garantice los mejores recursos humanos, procedimientos administrativos transparentes y eficientes, la excelencia y probidad del desempeño a nivel gerencial, administrativo y clínico, así como el blindaje contra la injerencia de los intereses políticos partidistas y los diferentes grupos económicos que solo buscan sus beneficios.

Pero también quiero que, así como se fortalece la autonomía de la CSS, la propuesta respete y contribuya al fortalecimiento de la Rectoría del Ministerio de Salud; que se avance en la coordinación y fortalecimiento del sistema nacional de salud, superando la fragmentación, segmentación, que padecemos ahora, así como el nefasto modelo de salud centrado en la enfermedad y no en la promoción de la salud.

Yo apoyo la creación de un Título Constitucional que nos garantice a los panameños el derecho al goce de la salud para todos en todos los lugares. Si este Título que propone al director de la CSS, además de blindar a la institución contra el clientelismo y la corrupción, incorpora estos planteamientos a favor del sistema público de salud, entonces, yo apoyo la propuesta, mirando con luces largas el futuro de mi Caja de Seguro Social.

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