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- 09/04/2024 23:00
El Fondo de Ahorro de Panamá es de los panameños
El 5 de junio de 2012, mediante Ley 38, se crea el Fondo de Ahorro de Panamá y modifica la Ley 34 de 2008, sobre responsabilidad social fiscal
El Fondo de Ahorro de Panamá se creó con los objetivos de: a. Establecer un mecanismo de ahorro a largo plazo para el Estado panameño. b. Establecer un mecanismo de estabilización para casos de estado de emergencia y desaceleración económica. c. Disminuir la necesidad de recurrir a instrumentos de deuda para atender las circunstancias descritas anteriormente. d. Complementar los objetivos anteriores mediante una regla de contención del déficit para el sector público no financiero mediante la Ley 34 de 2008 y sus reglamentaciones.
“El Fondo de Ahorro de Panamá fue creado producto de la venta y privatización de las empresas públicas como el IRHE, (Energía) y el Intel, (Telefonía), con la misión de aumentar el fondo y sus ahorros para poder proteger a los ciudadanos en casos de emergencia por desastres naturales o desaceleración económica severa y disminuir la necesidad de recurrir al endeudamiento. Es así que durante la pandemia del Covid- 19, el FAP aportó 105 millones de balboas para la compra de vacunas y otros insumos para sobrellevar la crisis, demostrándose su importancia para estabilizar el país en momentos críticos.
A pesar de la importancia del Fondo de Ahorro de Panamá, el gobierno anterior y el actual incumplieron con el pago de los B/1,312,9 millones correspondientes al periodo 2018-2023, violando la Ley 38 y dejando al FAP sin los recursos para hacerle frente a las futuras crisis”. Así señala el Consejo Nacional de Trabajadores Organizados en un pronunciamiento emitido el 4 de abril de 2024.
El Fondo de Ahorro de Panamá, tiene una junta directiva integrada por siete directores, que serán nombrados por el Órgano Ejecutivo. Y su nombramiento será ratificado por la Asamblea Nacional; además tiene una secretaría técnica, cuyo objeto es brindar apoyo técnico a la junta directiva.
Se establece un órgano representativo de la sociedad civil denominada Comisión Supervisora del FAP, la cual deberá reunirse una vez al año a más tardar el 30 de abril de cada año para evaluar el informe anual de la junta directiva.
El Artículo 19 de la Ley 38 dice: se refiere a los integrantes de la Comisión Supervisora e indica que estará integrada por: 1. El presidente del Consejo Nacional de Trabajadores Organizados o a quien este designe. 2. El presidente del Consejo Nacional de la Empresa Privada o a quien este designe. 3. El presidente del Colegio de Contadores Públicos Autorizados de Panamá o a quien este designe. 4. El presidente del Colegio de Economistas de Panamá o a quien este designe. 5. Un representante del Colegio Ecuménico de Panamá.
En la actualidad ha sido presentado un anteproyecto de ley que modifica la Ley 38, el cual no ha sido consultado con quienes representan a los trabajadores y a los ciudadanos en general; integrantes de la Comisión Supervisora del FAP, entre ellos Conato; denuncian, ya que pretenden legalizar el incumplimiento, por parte del gobierno, de los aportes que corresponden al FAP. Estos recursos serían dirigidos al pago del endeudamiento irresponsable que ha caracterizado al gobierno.
El Consejo Nacional de Trabajadores Organizados exige el retiro del anteproyecto de ley de la Asamblea y que el mismo sea sometido a una amplia consulta pública;
Que los aportes de la ACP regresen directamente al FAP eliminando intermediarios; Demandamos que los trabajadores tengan una participación decisoria en el FAP y que no sea solo en calidad de observadores.
Los trabajadores y el pueblo panameño en general ha pagado y sigue pagando con creces el alto costo de la energía eléctrica y el mal servicio telefónico, cuando el Sr. expresidente, Ernesto Pérez Balladares vendió la “necesidad” de privatizar estas instituciones “porque íbamos a estar rezagados en ambos servicios”. Quienes nos opusimos a la venta de estas instituciones que le habían costado al pueblo panameño, lo hacíamos convencidos de que todo se hacía para satisfacer las políticas económicas neoliberales que nos llevaban al empobrecimiento de la población. Hoy este dinero no se puede usar para satisfacer clientelismo político.
Reiteramos como lo ha hecho Conato la exigencia del retiro del anteproyecto de ley que modifica la Ley 38 del 5 de junio del 2012 de la Asamblea Nacional.