• 25/02/2012 01:00

La Fe Pública Notarial y su efecto

Los medios de comunicación han dedicado tiempo y espacio a la fe pública notarial y sus efectos, como resultado de la decisión del Sr. ...

Los medios de comunicación han dedicado tiempo y espacio a la fe pública notarial y sus efectos, como resultado de la decisión del Sr. Presidente de dejar constancia ante trece notarios de su no intención de reelegirse en el cargo que ocupa.

Los efectos jurídicos de tal decisión, están, por ahora, garantizados en la normatividad constitucional, que excluye la reelección inmediata.

En realidad el acto ante el grupo notarial, no cobra firmeza ni es una limitación, si por otro lado se intenta participar como candidato, Quien puede dar credibilidad al contenido de la declaración notariada, es el propio presidente, ya que ningún notario responde del contenido de los actos ni de su cumplimiento, pues solo vigilan y cuidan la parte formal.

Es mi opinión que una asesoría apropiada, habría pedido al mandatario no hacer el acto, que lo único que ha producido es un cúmulo de críticas y la proliferación de opiniones que insisten en la falta de credibilidad. Es tanto como abrir otro frente sin necesidad. Ligado a esto, por ejemplo, está la reclamación de los productores de Chepo, afectados durante las inundaciones en diciembre del año pasado, sobre lo cual hay declaraciones del mandatario que determinan la responsabilidad de AES en ese evento, que pudo ser prevenido y evitado, pero la falta de acuciosidad tiene en quiebra a los productores del sector.

Así, ante la firmeza de esa declaración, siendo el Estado socio de AES en la explotación de la planta generadora, cuyo vertimiento se hizo tardío y causó los estragos conocidos, los productores confiaron en la reparación del daño, han gestionado ante diversos departamentos y funcionarios, sin que se les haya afirmado el pago que les corresponde. Este es solo uno de los sucesos en que la palabra y compromiso del mandatario pierden credibilidad, ante el incumplimiento de lo aceptado a nivel oficial, en declaraciones públicas, ante los medios de comunicación.

Es aconsejable medir la capacidad de respuestas efectivas y aceptables, para no incurrir en hechos que demeritan la figura del mandatario. A nivel oficial no deben hacerse declaraciones que inspiren desconfianza, rechazo o incredulidad de los gobernados. Si nuestra Constitución Política prohíbe la reelección, lo más prudente es admitir dicha prohibición, y no actuar como si existe el propósito de desatenderla. En consecuencia, era innecesaria la convocatoria a los notarios, porque ninguno de ellos puede garantizar el cumplimiento del contenido del acto protocolizado. Lo que corresponde es actuar demostrando que las insinuaciones sobre el particular, quedan descartadas ante la voluntad de respetar la normatividad existente.

*ABOGADO

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