• 11/10/2021 19:09

No más huelgas ni paros en los puertos

"La seguridad jurídica de un país se define de forma simple y sencilla como la garantía dada al individuo por el Estado de que su persona, sus bienes, y sus derechos no serán violentados"

La seguridad jurídica de un país se define de forma simple y sencilla como la garantía dada al individuo por el Estado de que su persona, sus bienes, y sus derechos no serán violentados o que, si esto último llegara a producirse, le serán asegurados por la sociedad y el Estado, la protección y reparación de aquellos. Esto tiene que ver directamente con el hecho de tener instituciones de justicia lo suficientemente robustas e imparciales que les garanticen a los ciudadanos justicia objetiva, imparcial y expedita, y a su vez fortalecer formas alternativas de administración de justicia, tal como las instancias arbitrales.

Una vez abordado este concepto que permite poner en contexto los objetivos fundamentales de este escrito, les recuerdo que Panamá es pionero en el establecimiento de los procesos arbitrales dentro de su jurisdicción, dado que nuestro país fue en 1975 sede de la firma de la Convención Interamericana sobre Arbitraje Comercial Internacional, la cual fue suscrita en sus inicios por 17 países y que sirvió como marco para renovar la Convención de Nueva York de 1958, que regulaba solo lo relativo al arbitraje comercial en el continente americano. Esto es importante mencionarlo en virtud que nuestro país siempre ha estado a la vanguardia de estos temas.

En el marco constitucional no es sino hasta con las reformas constitucionales de 2004, que Panamá decide incluir en su texto al arbitraje dentro de las normas sobre el poder judicial, como una alternativa a la jurisdicción ordinaria para solución de conflictos y controversias. Y no es que a través de la Ley 131 de 2013, por la cual regula el arbitraje en Panamá, que se valida el compromiso de nuestro país de someter ante esta jurisdicción sus conflictos respetando los principios de autonomía de la voluntad, la libertad y disposición de las partes.

Para profundizar un poco más sobre esta realidad, la figura del arbitraje se ha convertido en una herramienta importante en la solución de conflictos debido a que nuestro país es un centro importante de conectividad aérea, con una plataforma de servicios bancarios robusta y un centro de logística marítima de clase mundial. Y es precisamente por estos atributos comerciales y de servicios, que también se cuenta en la actualidad con estos mecanismos de solución de conflictos que le da un valor agregado al momento en que se somete ante esta jurisdicción sus controversias, de los cuales debemos tener como norte un país dispuesto a fortalecer, respaldar y modernizar esta institución garantizando la transparencia de la misma.

En este mismo orden de ideas es importante manifestar que, de igual manera, existen grupos organizados que responden a intereses políticos e ideológicos ampliamente conocidos, y que han tratado sin éxito de romper con las normas generando prácticas y tácticas dilatorias, procurando y promoviendo movimientos de presión y huelgas con la clara intención de echar por tierra los esfuerzos de llevar, tal cual lo establece la norma sus controversias ante esta jurisdicción.

Y lo más preocupante es que estas acciones se realizan en empresas que tienen que ver con servicios públicos, y que producto de esa interrupción prolongada pudieran causar peligro a la vida, la salud o la seguridad de toda o parte de la población.

Solamente para poner en perspectiva de lo importante que es para Panamá esta figura del arbitraje obligatorio y de las pérdidas que trae para nuestro país su no aplicación, me permito indicar que sólo en el sector portuario el tema de las huelgas y paros laborales en terminales portuarias se ha vuelto preocupante. No solo colapsa el sistema portuario, sino que se afecta la imagen a nivel de nuestro hub logístico. El 90% de la carga que transita por las terminales portuarias de Panamá es de transbordo, lo cual se perjudica toda la actividad cuando hay paros y huelgas. En 2012, cuando se declara la primera huelga portuaria, se causó un daño terrible al sector, bajando el volumen de carga entre 15 y 20%, lo que significa unos 700 mil contenedores menos.

Con base a lo anterior, es necesario fortalecer la figura del arbitraje obligatorio dotando a las instancias laborales correspondientes de las herramientas necesarias para que no existan medidas dilatorias al momento en que se den situaciones de cese de labores, garantizándole a ambas partes de una solución a sus controversias y sin afectar a la población de los efectos que este cese de labores pudiera causar.

Por tratarse de empresas de servicios públicos, esta instancia adquiere mayor relevancia. Por eso, para abordar de forma objetiva y pacífica la problemática que da origen a un paro o huelga, es oportuno hacer un llamado para ordenar nuestra legislación y así adecuarla para este momento en la cual el mundo vive una desaceleración económica. Igualmente, es urgente fortalecer todas nuestras instituciones de administración de justicia que nos permita seguir en el riel del desarrollo y ser un país atractivo para la inversión extrajera y respetuoso de la seguridad jurídica.

El autor es abogado e investigador social.
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