• 28/11/2025 00:00

Lo que debes saber sobre el salario mínimo en Panamá

El salario mínimo es el resultado de la lucha obrera, conquistado a partir de la “Marcha del Hambre y la Desesperación” emprendida desde Colón en 1959, ante las deplorables condiciones de vida, los bajos salarios y los desalojos forzosos de las viviendas. La lucha tenía tres objetivos concretos: establecimiento del salario mínimo a cincuenta centavos por hora, la rebaja de los alquileres (aumentados en plena crisis), y establecer un código agrario. El 5 de octubre de 1959, miles de personas salieron a despedir a los marchantes que caminaran 52 millas hasta la ciudad de Panamá por sus demandas. Como siempre el Órgano Legislativo era contrario a los intereses del pueblo, los manifestantes se toman las curules y los legisladores huían del recinto.

Con la lucha se alcanzó el salario mínimo en Panamá establecido mediante la Ley 51 del 30 de noviembre de 1959 que entró en vigor en 1960, fijando un salario mínimo provisional, estableciendo tarifas por hora y un salario mensual para empleadas domésticas.

Actualmente el Código de Trabajo en los artículos del 172 al 180 establece los mecanismos para fijar el salario mínimo, cuyo propósito es que el mismo debe ser suficiente para cubrir las necesidades normales del trabajador y su familia, en el orden material, moral y cultural, con el fin de mejorar su nivel de vida.

¿Qué ha sucedido? A pesar de que el movimiento obrero ha planteado la necesidad de establecer una sola región y un solo salario mínimo al nivel nacional, cualquiera sea su actividad económica o el tamaño de la empresa, más de medio siglo después de aprobada esta normativa las diferenciaciones persisten generando inequidad. Ello ha llevado a que en nuestro país cada vez haya más salario mínimo, en el 2023 eran 57 ahora son 63, siendo Panamá el país de América Latina con mayor cantidad de salarios mínimo.

La situación se agrava producto que la política salarial del sector privado está edificada sobre salarios mínimos, que solo cubre a los trabajadores empleados en el sector formal, por tanto, la revisión y aumento de los salarios mínimos es indispensable. En el caso de la política del sector gubernamental, en ningún momento ha compensado la pérdida del poder de compra de los salarios, lo que hace aumentar la brecha entre salario mínimo y costo de la canasta básica familiar.

La revisión de salarios mínimos no ha sido frecuente como lo establece la normativa (cada 2 años), en once ocasiones no se acató lo que establece la normativa. Es a partir del 2001 que podemos establecer una periodicidad más o menos constante. Este hecho ha provocado un rezago entre costo de vida y salario mínimo provocando una pérdida progresiva del poder de compra de los salarios (30 %). El Estado tiene la responsabilidad de saldar esta brecha.

En el caso del crecimiento económico la mayor riqueza producida en el país no ha significado una mayor proporción del PIB a los asalariados ni mayor formalidad laboral, por el contrario, la tendencia es descendente. En esta ocasión, cifras del MEF proyectan para este año un crecimiento del 5.2 %. En un gobierno que se declara empresarial y de nadie más, sin duda esta distorsión no será corregida.

En cuanto a remuneración, el 18.1 % de los ocupados que trabajan 40 y más horas perciben ingresos inferiores al salario mínimo. El 56.8 % de los trabajadores asalariados devengaban salario mínimo, con una tendencia a incrementarse este porcentaje ante la ausencia de aumento del salario general.

Considerando el precepto constitucional que establece que “el salario mínimo de garantizar cubrir las necesidades normales del trabajador y su familia y mejorar su nivel de vida” (Artículo 62), ningún trabajador en Panamá debería percibir un salario menor a los $1,991.15 mensuales, costo de la canasta básica ampliada familiar (alimentos saludables, agua, gas, transporte, salud, educación, vivienda, vestido, recreación y otros gastos necesarios).

A pesar de esta realidad, los montos de salario mínimo varían según la actividad económica y la región, oscilando entre un mínimo de $341.12 mensuales para pequeñas empresas en agricultura y ganadería, un salario mínimo promedio de $636.80 mensuales y un máximo de $1,015.03 para técnicos de transporte aéreo. En el caso del trabajo doméstico de la región 2, el monto es de $315.00 mensuales, siendo el monto más bajo. Como se ve ninguno cubre el costo de vida de una familia de 4 integrantes ni la de los hogares en pobreza integrados por 6 personas.

Estas consideraciones ponen de manifiesto la urgente necesidad de aumentar el salario mínimo y salario general, y no simplemente un ajuste que no logra siquiera el grado de indexación, tal como ha venido ocurriendo periodo tras periodo.

*Conusi-Frenadeso
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