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- 26/11/2018 01:01
Sobre el Ceremonial Diplomático en Panamá
En este mundo global, interconectado, de responsabilidades compartidas, de actores que no se restringen a los tradicionales representantes de los Estados, donde las ideas y la información viajan a una velocidad luz, el ceremonial diplomático se ha adaptado a los tiempos. El protocolo, desde sus orígenes, ha estado asociado a la escenificación y liturgia del poder, a su expresión ceremonial, representando una estructura rígida, fundamentado en una tradición de siglos y, a menudo, es visto por la ciudadanía como algo lejano.
Los tratados de derecho diplomático definen al ceremonial como el conjunto de formalidades (o acciones) para los actos públicos y solemnes; que puede ser dinámico o estático cumpliendo con determinadas pautas. Estas normas o reglas establecidas por ley, decreto, disposiciones o costumbres, así como técnicas específicas tradicionales y modernas han trascendido de actos públicos a las actividades privadas. Mientras la Etiqueta es el conjunto de estilos, usos y costumbres que se observan en las casas reales y en los actos públicos y solemnes; la precedencia es la primacía de una jerarquía mayor sobre otra jerarquía menor; superioridad.
Ciertamente, el Ceremonial Público aparece como una necesidad social de establecer normas de comportamiento humano. Algunos autores coinciden en que se inició en el bajo y alto Egipto, como una necesidad religiosa y por lo tanto era manejado por sacerdotes. En China fue introducida por el Confucionismo, perdurando durante varias dinastías, perfeccionando el sistema de reclutamiento de la burocracia y las formalidades para el manejo gubernamental, sin apoyo religioso, basado en órdenes jerárquicos: la dignidad y el honor, entre otros.
Se puede afirmar que China siempre respeta los protocolos. Desde tiempos antiguos había rituales para viajes, banquetes, casamientos, funerales, cumpleaños, sacrificios, batallas, entre otros. Confucio, gran pensador de finales del Periodo de Primavera y Otoño (770-476 a. C.), determinó las reglas sociales y normas morales en los rituales, considerados como una base de la gobernanza del Estado y el mantenimiento de la estabilidad social y la paz con sus vecinos.
En la cultura tradicional china, las normas protocolarias han tenido amplia y profunda influencia en el desarrollo histórico de este país. A tal punto que en la época moderna, los ritos se separan de los sistemas políticos, leyes y decretos, divisiones administrativas, ética y moral. La etiqueta moderna asimila nuevas formas simples y prácticas que reflejan la fisonomía de la época y se adaptan al ritmo de vida moderna, las cuales son notablemente distintas de las occidentales.
Las normas rígidas del ceremonial en Europa se desarrollaron con el nacimiento de imperios y reinos, pues cada corte tenía su estilo. En el Congreso de Viena de 1815 se acordó un código de las cortesías, en el que las potencias de entonces convinieron las bases de la diplomacia en el otorgamiento recíproco de privilegios e inmunidades de los agentes diplomáticos. Mientras la Convención de Viena de 1961 reglamentó inmunidades y privilegios para los diplomáticos de todos los países, en la Convención de Viena de 1963 se establecen las prerrogativas y reglamentos para los cónsules y en la Convención de Naciones Unidas de 1969 se establecen las normas para los miembros de las organizaciones internacionales.
La precedencia respeta las jerarquías y establece la ubicación de las mismas dentro de la estructura interna de los Estados y en el ámbito internacional. La falta de acatamiento produce desavenencias. El orden de precedencia de los Estados provocó en los siglos pasados graves trastornos en el ceremonial de los países de Europa y Asia. Las grandes potencias no se avenían a ceder el lugar que entendían corresponder a sus representantes en las ceremonias públicas.
El Ceremonial Diplomático en nuestro país fue reglamentado mediante el Decreto No 3 de 12 de enero de 1912, en que se establecía aspectos relacionados con el cambio de gabinete y el nombramiento del secretario de Relaciones Exteriores, las solemnidades y el ceremonial en el que había de ceñirse el recibimiento de los agentes diplomáticos extranjeros, la presentación de cartas credenciales, las manifestaciones oficiales, fallecimientos de jefes de Estado, audiencias, los banquetes oficiales, el fallecimiento de los agentes diplomáticos extranjeros y asistencia a actos oficiales.
Mediante la Ley 58 de 17 de diciembre de 1926, se establece una sección de Protocolo encargado del Ceremonial Diplomático a cargo de un instructor de ministros. La Ley que rige el Ceremonial Diplomático en Panamá data de 1944, aun cuando la Ley 28 Orgánica de 1999 y Decreto Ejecutivo de 135 de 1999 definen funciones de la Dirección de Protocolo y Ceremonial Diplomático.
En la sociedad contemporánea prima la reputación, la coherencia y la credibilidad por lo que las ceremonias protocolares debe conjugar estos factores. Hay que cuidar las formas como el fondo en un ceremonial dinámico, que armonice lo práctico y ágil, lo sencillo con lo esquemático para administrar provechosamente el tiempo en actividades protocolares oficiales. Precisamente porque el ceremonial y la etiqueta, valoran y realizan la idiosincrasia de una sociedad, sus creencias y anhelos. Un reto en el protocolo moderno es la eficaz integración de la tecnología y redes sociales, los tiempos cambian y con ello sus usos y costumbres evolucionan, afectando también al protocolo y el ceremonial público.
En el concepto moderno, el protocolo debe ser entendido como un instrumento al servicio de la sociedad, integrado por una serie de normas de carácter formal, susceptibles de ser modificadas y actualizadas adaptándose a las exigencias del protocolo moderno y a los cambios que se van produciendo en la sociedad. Sin embargo, en nuestro medio durante más de 70 años se ha mantenido el Decreto Nº 399 de 1º de marzo de 1944, donde la jerarquía militar de la desaparecida Zona del Canal figura en la precedencia, incluso escoltas de caballería en la presentación de Cartas Credenciales.
La transformación del Ceremonial Público por la dinámica de las relaciones internacionales indica que se requiere una Ley actualizada acorde al desarrollo institucional del Estado panameño y en consonancia con la diplomacia moderna, donde las nuevas tecnologías de las comunicaciones han reducido vertiginosamente las distancias y han configurado un nuevo estilo diplomático.
ABOGADO Y ANALISTA INTERNACIONAL.
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