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Redacción La Estrella de Panamá
Condena de la CIDH
Una ‘inadecuada’ representación del Estado panameño que amerita explicaciones a través de la Cancillería
La condena al Estado panameño y el extenso contenido —de más de setenta páginas— de la sentencia proferida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ameritará un detallado estudio, el pronunciamiento oficial y de los entendidos en la materia de Derecho Internacional. Panamá ha sido condenada por la violación al derecho a la propiedad colectiva de los Pueblos Indígenas Guna de Madungandí, Emberá Ipetí y Piriatí. Este fallo guarda relación con la forma en que se llevó a cabo la construcción de la represa hidroeléctrica de Bayano bajo el Gobierno del general Omar Torrijos y una serie de hechos subsecuentes que van desde las inundaciones, reubicaciones de los pobladores, compensaciones —año de 1972— hasta títulos de propiedad entregados por la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI) —2013—. Lo primero que salta a la vista es que en reiteradas ocasiones, a lo largo de la sentencia, la CIDH señala que el Estado panameño no presentó alegatos o no remitió observaciones; dando la clara impresión de que la representación del Estado no fue la adecuada, pues no se le dio la importancia requerida al tema. La condena conlleva una serie de acciones que deberá cumplir el Estado y compensaciones por lo menos de dos millones y medio de dólares. Ante todo esto, es urgente que la Cancillería dé las explicaciones necesarias al país, lo antes posible.
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