• 30/05/2011 02:00

Periodismo y justicia

S egún Benito Juárez: ‘El respeto al derecho ajeno es la paz’. A este sabio precepto yo solo agregaría: ... ‘y garantizar tal derecho es...

S egún Benito Juárez: ‘El respeto al derecho ajeno es la paz’. A este sabio precepto yo solo agregaría: ... ‘y garantizar tal derecho es la justicia’. Recientemente se ha desarrollado un intenso debate originado por algunos periodistas, debido al llamamiento a juicio, de años atrás, a algunos de ellos por demandas por calumnia, y yo discrepo con la forma en que han enfocado el asunto.

Según el artículo 17 de nuestra Constitución política ‘Las autoridades están instituidas para proteger en su vida, honra y bienes a los nacionales... etc.’; por su parte el 19 establece que: ‘No habrá fueros o privilegios... etc.’ y el 37 reza: ‘Toda persona puede emitir libremente su pensamiento, de palabra, por escrito o por cualquier otro medio sin sujeción a censura previa; pero existen las responsabilidades legales cuando por alguno de estos medios se atente contra la reputación o la honra de las personas... etc.’.

De las tres normas transcritas nos queda totalmente claro que las autoridades deben proteger la honra de los nacionales; que no puede haber privilegios; y que existen responsabilidades legales contra quien atente contra la reputación y la honra de terceros. Y si aspiramos a convivir en paz, no podría ser de otra manera que ‘respetando el derecho ajeno’, como proclamaba Benito Juárez.

A lo que tales periodistas parecen aspirar es a tener un privilegio, una especie de inmunidad como la que alcanza a los diputados, que ellos mismos tanto critican, en contravención al artículo 19. Muy preocupante es que hasta estén tergiversando la verdad, pues el hecho de no poder calumniar de ninguna manera significa que su libertad de expresión se les esté menguando. No podemos pensar que tal disposición pueda ser buena para una parte, pero no para la otra, porque ya estaríamos hablando de injusticia: ¿aceptarían que tal impunidad fuera a la inversa?

Ejemplo: ¿se preocuparía usted, lector, si se entera de que se duplicarán las penas a los pedófilos, a quienes roben, a los asesinos? Por supuesto que no, porque usted no piensa delinquir, y allí está la respuesta al dilema en discusión.

Tampoco es cierto que los periodistas constituyan la parte más débil de esta relación; pues, si bien algunos funcionarios tienen bastante poder, de sobra conocemos que por su acceso amplio, permanente y gratuito a los medios, los periodistas ostentan uno aún mayor, hasta el punto que al periodismo se le conoce como el Cuarto Poder del Estado.

Pero no dejemos escapar el hecho de que tampoco es el agraviado ni nadie del Órgano Ejecutivo a quien cabrá juzgar el caso, sino un miembro del Órgano Judicial, el cual, en ejercicio de su función constitucional, actuará imparcialmente.

Como sustento a su aspiración aducen que para su defensa los funcionarios pueden demandar civilmente. Pero resulta que constitucionalmente ‘la administración de justicia es gratuita, expedita e ininterrumpida’ —artículo 201— y todos conocemos que las demandas civiles tienen un muy alto costo, que muchos funcionarios no podrían sufragar, lo que los dejaría en indefensión. Adiciono a lo anterior mi opinión de que una demanda civil no es conducente, por cuanto un caso penal no debe ser juzgado por vía civil, pero menos aún si el caso no se origina de un acto de comercio; y si algún fallo favoreciera al demandante, este solo podría aspirar a una indemnización económica, que muy pocas veces podrá cobrar.

Estoy muy seguro de que la mayoría de periodistas, que son muy serios, no comulgan con esta posición que plantea ese pequeño grupo.

*EMPRESARIO.

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