• 24/02/2012 01:00

El Himno Nacional sin legalizar

El desconocimiento generalizado de la historia patria nos ha llevado a desvalorar el significado y la representatividad de los emblemas ...

El desconocimiento generalizado de la historia patria nos ha llevado a desvalorar el significado y la representatividad de los emblemas patrios. En 1906, contando la nueva nación con dos de sus Símbolos, la Bandera y el Escudo de Armas, surgió la imperiosa necesidad de una canción cuya letra expresara el sentimiento patriótico de un pueblo que alcanzó su Independencia, en armónica camaradería y proyectarse ante la faz mundial con un canto de soberanía y libertad, con sentimiento istmeño.

Ante la carencia de un Himno, el Maestro Santos Jorge Amatriaim, solicitó a don Jerónimo Ossa Escobar, poeta de ese entonces, que compusiera la letra de un himno panameño para reemplazar la versión del ‘Himno Istmeño’ del maestro Juan Agustín Torres, cantado con anterioridad a la Independencia de Panamá de Colombia.

Don Jerónimo Ossa Escobar compuso la letra un Himno de cinco (5) estrofas, al cual llamó ‘CANTO PATRIÓTICO ISTMEÑO’, aprobado con la Ley 39 de 4 de diciembre de 1906, como Himno Nacional, firmada por el Dr. Manuel Amador Guerrero, presidente, y don Ricardo Arias, secretario de Gobierno; Promulgada en la Gaceta Oficial 390 de 19 de diciembre de ese año.

Observamos que esa Ley compuesta de dos (2) artículos, sólo adoptaba provisionalmente el Himno nombrando a sus autores, Ossa y Jorge, sin describir su letra. En 1925, el presidente don Rodolfo Chiari Robles sancionó la Ley 48 de 10 de marzo de ese año, dándole carácter permanente a los tres Símbolos. El Artículo 2º sólo Promulgó la autoría sin determinar la letra del Himno aprobado. Ley promulgada en la Gaceta Oficial 4601 de 25 de marzo de 1925.

El Dr. Arnulfo Arias Madrid, el mayor detractor de los Símbolos Patrios, sancionó la Ley 28 de 28 de marzo de 1941, haciéndole transformaciones significativas al Escudo de Armas, el cual modificó a su antojo. El Artículo 3º ratificaba el nombre de los autores del Himno e igual que las leyes anteriores, aprobadas sin describir su letra y determinaba la existencia de copias firmadas en los Archivos del Ministerio de Gobierno y Museo Nacional. Ley Promulgada en la Gaceta Oficial 8483 de 2 de abril de 1941.

En 1949, el Dr. Arias Madrid, presidente por segunda vez, sancionó la Ley 34 de 15 de diciembre de 1949, Promulgada en la Gaceta Oficial 11085 de 4 de enero de 1950. El Artículo 3 de la Ley, al igual que las anteriores se continuó con la práctica de no describir la Letra del Himno Nacional de Ossa.

Todas las leyes de promulgación de los Símbolos han establecido como Himno Nacional el compuesto ‘la Letra por Jerónimo Ossa Escobar y la Música por Santos Jorge Amatriaim’, correspondiente al ‘Canto Patriótico Istmeño’, con el cual la Ley identificó como Himno Nacional en 1906.

Actualmente, los panameños cantamos un Himno Nacional modificado, compuesto de Coro y cuatro (4) estrofas y sin determinar cuándo, ni quién o quiénes hicieron los cambios a la Letra original del Himno Nacional aprobado desde 1906, concluimos que estas leyes han adoptado como Himno Nacional el ‘Canto Patriótico Istmeño’, al promulgarse sólo sus autores y los cambios alterando su Letra no han sido registrados legalmente.

En 1972, la Asamblea Constituyente de Representantes de Corregimiento, al aprobar la cuarta Constitución Política, sólo ratificaron la existencia de los Símbolos Patrios y constitucionalizaron la Ley 34 de 1949, al ser parte del Artículo 6º de la Carta Magna. La Ley 2 de 23 de enero de 2012 para ‘Reformar la Ley 34 del 49’, EN ACTO INCONSTITUCIONAL, tampoco detalla la Letra del Himno Nacional actual.

Por consiguiente, este canto de Independencia, libertad y soberanía, NO ESTÁ LEGALIZADO. El aprobado, desde 1906, según las leyes panameñas, es el ‘CANTO PATRIÓTICO ISTMEÑO’, cuya letra no corresponde al cantado hoy día, existiendo marcada diferencia con relación al original de don Jerónimo Ossa Escobar. De igual manera, no encontraremos documento con la letra del Actual Himno, firmado por Jerónimo Ossa Escobar.

Es imperioso hacer la corrección correspondiente y legalizar nuestro HIMNO NACIONAL, describiendo su letra mediante una Ley, adaptándolo constitucionalmente, con el propósito de que el canto y ejecución sea uniforme.

HISTORIÓGRAFO Y ESCRITOR.

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