• 12/08/2013 02:00

Convenios de Ginebra, legado universal

Desde tiempos inmemoriales, los conflictos entre naciones han generado una serie de traumas históricos en el desarrollo de las relacione...

Desde tiempos inmemoriales, los conflictos entre naciones han generado una serie de traumas históricos en el desarrollo de las relaciones políticas de los pueblos, desde que los desequilibrios de poder e influencia se dirimían con fuerza de las armas en una clara incompatibilidad entre la guerra y el derecho llamado a regir las normas de convivencia humana. El dramático saldo de 60 millones víctimas de la I y II Guerra Mundial, no puede ser más elocuente; mientras que los conflictos internos en América Latina, África, Asia y el Medio Oriente, siguen cobrando víctimas entre la población no combatientes.

El mundo se encuentra inmerso en cumplir metas del milenio en medio de las amenazas de crisis, la energética, la sanitaria, la financiera y la alimentaria en condiciones que han generado un sentimiento universal de solidaridad, nunca antes visto. La prevención global ha fortalecido las normas del derecho consuetudinario para proteger a personas que por alguna razón no participan de la guerra, invocando reglas del conflicto que amparen el trato a los prisioneros, los bienes, el personal sanitario y la población civil. En fin, limitando los medios y métodos de hacer la guerra, buscando atenuar los efectos del sufrimiento humano directo y colateral. Mientras los Estados se han empeñado en suscribir convenios para que sus fuerzas armadas respe ten las normas humanitarias en tiempo de guerra.

Conmemoramos el 64° aniversario de un código de conducta humanitaria integrado en los cuatro convenios internacionales para la protección de víctimas de la guerra, suscritos un 12 de agosto de 1949 en la Conferencia Diplomática de Ginebra: el I Convenio sobre los Heridos y Enfermos de las Fuerzas Armadas en Campaña; el II Convenio para los Heridos, Enfermos y Náufragos de las Fuerzas Armadas en el Mar; el III Convenio sobre el trato a los prisioneros de guerra y; el IV Convenio relativo a la protección de personas civiles en tiempo de guerra.

Complementan ese esfuerzo, los Protocolos Adicionales de 8 de junio de 1971 de los Convenios de Ginebra, el Protocolo Adicional I relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales y el Protocolo Adicional II referente a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional. Estos vienen a complementar la aplicación de normas humanitarias para mitigar pe ligros y nuevas amenazas a la civilización.

En coincidencia con la conmemoración de los Convenios de Ginebra, a pocos kilómetros de la frontera en el Darién también arriba a sus 64 años un conflicto armado interno que nos afecta como país, no solo con el desplazamiento de refugiados sino ante la creciente migración de colombianos en busca de oportunidades. De allí la importancia de que prosperen las negociaciones que realiza el Gobierno colombiano con las FARC-EP en Cuba, a fin de que contribuyan a mitigar el grave problema del reclutamiento forzoso, la violencia sexual y otros delitos de lesa humanidad que afectan a los niños y a la población civil en medio de los enfrentamientos armados y bombardeos de la aviación. La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento y para lograrla no basta con la cesación del conflicto armado interno, sino que se deben tener presente las normas nacionales e internacionales humanitarias.

En tiempos, en que el terrorismo como la intolerancia étnica, política y religiosa suponen amenazas a los derechos humanos y a la fragilidad de la paz se impone la defensa de los principios que sustentan los Convenios de Ginebra y el Estatuto de la Corte Penal Internacional, cuyos objetivos son humanizar la guerra y sancionar los crímenes de guerra, el genocidio y los crímenes de lesa humanidad; ambos instrumentos se han constituido en un sólido legado de alcance universal para salvaguardar los inalienables derechos de la persona humana en casos de conflictos internos e internacionales.

La República de Panamá, consciente de sus responsabilidades compartidas con la comunidad internacional, desde 1907 a 2013, ha ratificado la mayoría de los instrumentos jurídicos referentes a las normas del derecho internacional humanitario, y la adopción de los Convenios de Ginebra y sus Protocolos Adicionales, considerados como un legado de profunda sabiduría humanitaria, es una acción consecuente con la vocación pacifista del país.

ABOGADO Y ANALISTA INTERNACIONAL.

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