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- 16/01/2026 17:02
El Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) prorrogó por seis meses la vigencia del control de precios máximos de venta al por menor de cuatro productos esenciales de la canasta básica familiar, una medida orientada a proteger el poder adquisitivo de los consumidores frente al costo de los alimentos.
La extensión quedó formalizada mediante el Decreto Ejecutivo No. 1 del 15 de enero de 2026, que mantiene en vigor el Decreto Ejecutivo No. 165 de 1 de julio de 2014, tras una recomendación emitida por la Comisión de Ajuste de Precios de Alimentos durante su reunión del 11 de diciembre de 2025.
Precios máximos vigentes a nivel nacional
El decreto aplica en todo el país, con excepción del territorio insular, y fija los siguientes topes de precios y márgenes brutos de comercialización:
— Carne molida de primera (excluye especial kosher y baja en grasa):Precio máximo: $2.15 por libra o $4.74 por kilogramo.
— Aceite vegetal (palma o soya) en envases de 1.42 a 1.5 litros:Precio máximo: $3.74.Margen bruto máximo: 15%.
— Leche en polvo (entera o instantánea) en envases de 345 a 400 gramos, excluye fórmulas infantiles:Precio máximo: $3.76.Margen bruto máximo: 15%.
— Pan de molde blanco en empaque de 14 a 18 onzas, excluye integrales y especiales:Precio máximo: $0.92.Margen bruto máximo: 15%.
Las autoridades reiteraron que el objetivo de la medida es garantizar precios accesibles en productos de alto consumo y evitar incrementos desproporcionados en la cadena de comercialización, al tiempo que se mantiene un margen razonable para los comercios.
La fiscalización del cumplimiento estará a cargo de las instancias correspondientes durante el período de prórroga.