Comisión de Gobierno posterga por un día más votación para definir esquema de reparto de curules en circuitos plurinominales

Actualizado
  • 06/10/2021 18:13
Creado
  • 06/10/2021 18:13
La propuesta de la CNRE para asignar curules por residuo sugiere una resta de los votos ya utilizados en la adjudicación de curules por cociente

La Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales de la Asamblea Nacional, postergó por un día más la votación para aprobar o rechazar la propuesta del proyecto de ley 544 que modifica el Código Electoral relativa al mecanismo de distribución de curules en los circuitos plurinominales.

Al momento de la votación del bloque 3 de este proyecto, el presidente de la Comisión de Gobierno, el diputado oficialista Víctor Castillo se saltó y no sometió a votación el articulo 192 del proyecto, que contenía la protesta avalada por la Comisión Nacional de Reformas Electorales al esquema de asignación de curules por cociente, medio cociente y residuo, lo que generó la protesta y rechazo de los diputados Juan Diego Vázquez y Luis Ernesto Carles.

Castillo decretó un receso, pero minutos después continuó la votación, continuando con la votación del resto de los artículos del bloque 3, y postergando para este jueves la votación del artículo 192 y otros pendientes del primer y segundo bloque, además de otros ajustes al documento.

El diputado Castillo recordó que la Comisión está en sesión permanente y la misma se  reunirá este jueves para definir la aprobación de la totalidad del proyecto en primer debate, algo que aseguró fue avalado previamente a través de una resolución.     

Propuesta para el reparto de curules en circuitos plurinominales 

¿Qué establece la propuesta avalada por la Comisión Nacional de Reformas Electorales (CNRE) y los magistrados del Tribunal Electoral (TE), relativa a la asignación de curules en los circuitos plurinominales?

Esta está incluida en el numeral 4 del artículo 192 del proyecto que busca modificar el artículo 403 del Código Electoral vigente, establece en su literal a, que a los partidos o listas de libre postulación que se les haya asignado curules por cociente o medio cociente, se les resten los votos utilizados para la adjudicación de estas.

El literal b, de este mismo artículo, señala que una vez hecha la deducción indicada en el literal a, las curules que quedaron por asignar se repartirán una por partido o lista de libre postulación en orden descendente de votos.

La curul que se asigna por residuo le corresponderá al candidato más votado de la lista, sumándole los votos obtenidos en los partidos aliados en función del residuo.

Con el Código Electoral vigente para la adjudicación de las curules por residuo, -el mismo que se utilizó en las elecciones generales de 2019- se cuentan todos los votos obtenidos por cada candidato en todas las listas en que hayan sido postulados, pero en todo caso la curul se asignará al partido al cual pertenece el candidato, teniendo presente que un partido solo podrá obtener una sola curul por residuo.          

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