Conoce los ocho puntos más importantes de la nueva ley del sector bananero

En cuanto a la pensión de invalidez, se utilizará como base de cálculo el promedio del salario mensual correspondiente a los diez mejores años de cotizaciones.

En la Gaceta Oficial No. 30301-A se publicó la Ley No. 471 de 16 de junio de 2025, que crea un régimen especial para los trabajadores de las empresas bananeras y los productores independientes de banano.

La norma, que fue aprobada en tercer debate por el pleno de la Asamblea Nacional este viernes 13 de junio, se publicó luego de que el presidente José Raúl Mulino la sancionara la mañana de este lunes 16 de junio.

Esta ley, que entrará en vigor al día siguiente de su promulgación, busca brindar mayor protección y beneficios a un sector fundamental de la economía del país.

Entre las disposiciones más destacadas, la ley establece que los trabajadores y productores independientes incorporados al régimen obligatorio, o aquellos que voluntariamente se acojan al mismo, recibirán un subsidio diario por enfermedad.

Además, ese beneficio aplicará cuando la enfermedad produzca una incapacidad para realizar labores en un 30% o más, y el subsidio corresponderá al 80% del salario correspondiente a los dos últimos meses de cotización.

Sobre la pensión de invalidez, se utilizará como base de cálculo el promedio del salario mensual correspondiente a los diez mejores años de cotizaciones.

La ley también reconoce como actividad de alto riesgo para la salud la realización de actividades manuales, otorgando a estos trabajadores el derecho a un retiro anticipado por vejez.

Para el financiamiento de la pensión especial, se destinarán recursos que se mantendrán en una reserva separada y exclusiva.

También los empleadores aportarán el 2.5% de los salarios que paguen a sus empleados, mientras que el Estado contribuirá con el 6% de los salarios que se paguen a los trabajadores.

Los trabajadores que hayan prestado o presten servicios en las bananeras y que cumplan con los requisitos de edad (58 años para hombres y 54 para mujeres) y un mínimo de 216 cuotas a la Caja Seguro Social, también tendrán derecho a un retiro anticipado por vejez.

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