Consejo de Gabinete suspende vigencia de nueva Ley de Interés Preferencial

  • 04/06/2025 00:00
Según el ministro de Vivienda, posponer la entrada en vigencia de la ley beneficiará a 9.000 familias que todavía se encontraban en trámite para recibir sus casas

El Consejo de Gabinete aprobó suspender los efectos de la recién aprobada Ley de Interés Preferencial para viviendas hasta el próximo 31 de diciembre.

Durante la sesión, se decidió suspender temporalmente los efectos de la Ley 468 hasta el 31 de diciembre de 2025, lo que permitirá que su aplicación se inicie el 1 de enero de 2026, explicó el ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial, Jaime Jované.

Dijo que la medida incluye restablecer la vigencia de la Ley 3 del 20 de mayo de 1985 y sus reformas hasta el 31 de diciembre, con el objetivo de “rescatar y tramitar los procesos de hipotecas correspondientes a este periodo” y dar tiempo a los bancos para culminar los trámites pendientes.

El ministro también habló de reformar la nueva ley, pero sin especificar.

La decisión beneficiará a unas 9.000 familias, facilitando su acceso a viviendas, de acuerdo con el ministro Jované. También aclaró que el rango de las viviendas que se encuentran sin finalizar trámite llegan hasta los $120.000, con una ganancia total de alrededor de $6 millones.

Para esto, el presidente de la República, José Raúl Mulino, también aprobó hoy la prórroga de las sesiones extraordinarias de la Asamblea Nacional hasta el 26 de junio con el fin de discutir los cambios a la ley.

Uno de los puntos críticos es la falta de claridad sobre la vigencia de la nueva ley en relación con la anterior Ley 3 de 1985, que está programada para expirar el 31 de diciembre de 2025. La Ley 207 establece su entrada en vigor desde su promulgación el 24 de abril de 2025, lo que genera incertidumbre sobre cuál normativa rige los créditos hipotecarios en trámite.

Además, el artículo 12 de la nueva ley, que obliga a bancos y prestatarios a renegociar las condiciones del préstamo seis meses antes de que finalice el período de subsidio, ha sido motivo de preocupación por su falta de consulta y posibles implicaciones operativas.

La ley también introduce un esquema de subsidios diferenciados por región y precio de la vivienda. Por ejemplo, en el Tramo Preferencial 1, para viviendas de hasta $50.000, se ofrece una tasa subsidiada del 5 % por ocho años. En el Tramo Preferencial 2, para viviendas entre $50.000 y $80.000, la tasa es del 4.5 % por siete años.

Y en el Tramo Preferencial 3, para viviendas entre $80.000 y $120.000, la tasa subsidiada es del 4 % por cinco años. Estos subsidios aplican únicamente a viviendas nuevas que sean la residencia principal del beneficiario y sus familiares, excluyendo propiedades con fines comerciales.

El sector bancario y los desarrolladores inmobiliarios manifestaron en su momento que, si bien la ley busca reactivar la economía y el empleo, es fundamental hacer ajustes para asegurar su efectividad y evitar efectos adversos en el mercado hipotecario.

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