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Decano de Derecho aboga por la inconstitucionalidad del contrato ley
- 22/11/2023 00:00
- 22/11/2023 00:00
El decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Panamá, Hernando Franco Muñoz, junto con un grupo de juristas consideran que la Ley 406 del 20 de octubre de 2023 viola el Acuerdo de Escazú y viola en forma directa la participación ciudadana prevista en la Constitución.
Consideraron, además, que la Ley 406 no tuvo participación real la ciudadanía. Las consideraciones del decano Franco están contempladas en sus argumentos presentados ante la Corte Suprema de Justicia como parte de las demandas de inconstitucionalidad presentadas contra la Ley 406.
Franco explicó que el Acuerdo de Escazú, ratificado por la República de Panamá mediante la Ley 125 de 4 de febrero de 2020, busca la democratización en la toma de decisiones en los temas ambientales. Consideró que la Ley 406 viola el artículo 119 de la Constitución que establece que “El Estado y todos los habitantes del territorio nacional tienen el deber de propiciar un desarrollo social y económico que prevenga la contaminación del ambiente, mantenga el equilibrio ecológico y evite la destrucción de los ecosistemas”.
“Esto nos indica que Panamá fue uno de los primeros países que en su carta magna incorpora el derecho al ambiente sano como un derecho humano, ya que lo estableció en forma expresa en el artículo 119. No hace ninguna distinción para el ejercicio de ese derecho constitucional, previó que todos los habitantes del territorio nacional (...) tienen deber constitucional para propiciar un desarrollo social y económico que prevenga la contaminación del ambiente, mantenga el equilibrio ecológico y evite la destrucción de los ecosistemas”, plantea el decano en sus alegatos.
También se hizo hincapié en la Declaración de Estocolmo y en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, en Río de Janeiro del 3 al 14 de junio de 1992, que se conoce como la Declaración de Río, en donde resaltan algunos principios.
Uno de estos principios (el número 10) establece que el mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda.
Además de que toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que ofrecen peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones.