Derecho al olvido oncológico: qué es y cómo se aplicaría en Panamá

Diputados avalaron en comisión una propuesta que protege a sobrevivientes de cáncer en el acceso a seguros y servicios financieros

Superar el cáncer y seguir enfrentando barreras para acceder a un préstamo, un seguro o incluso a un empleo es una realidad que viven muchos sobrevivientes en Panamá.

Esa situación podría empezar a cambiar con la aprobación, en primer debate, del proyecto de ley 350, que establece el derecho al olvido oncológico y dicta otras disposiciones.

La iniciativa fue avalada por la Comisión de Comercio y Asuntos Económicos, presidida por el diputado Ernesto Cedeño, y busca garantizar que las personas que hayan vencido una enfermedad oncológica no sigan siendo discriminadas por un antecedente médico que ya no representa un riesgo real.

¿Qué es el derecho al olvido oncológico?

El derecho al olvido oncológico se define como la facultad de toda persona que haya superado un cáncer de no declarar esa condición pasada, ni ser objeto de exclusiones, recargos o tratos diferenciados en el acceso a servicios financieros, seguros, empleo u otros servicios.

En términos prácticos, la propuesta apunta a que los sobrevivientes puedan reintegrarse plenamente a la vida económica y social, sin cargar de por vida con un estigma médico.

Como se explicó durante la discusión legislativa, la situación es comparable a haber pagado una deuda por completo, pero que el sistema siga tratando al ciudadano como moroso de forma permanente.

Plazo general y certificación médica

El Proyecto de ley 350 establece como regla general que el derecho podrá ejercerse una vez hayan transcurrido cinco años desde la finalización del tratamiento radical, siempre que no se haya producido una recaída.

Para acreditar ese derecho, la persona deberá presentar una certificación médica, emitida por su oncólogo tratante o por un comité especializado, integrado por hematólogos, oncólogos médicos, radio-oncólogos o cirujanos oncólogos. El documento deberá confirmar que el paciente se mantiene libre de la enfermedad durante el periodo exigido.

La iniciativa también define el concepto de tratamiento adyuvante, entendido como la terapia adicional aplicada tras el tratamiento principal con el objetivo de reducir el riesgo de recurrencia del cáncer.

Tabla técnica con plazos diferenciados

Uno de los puntos centrales del proyecto es la inclusión de una tabla de referencia técnica, que reconoce que no todos los cánceres tienen el mismo comportamiento clínico ni el mismo riesgo de recaída. Por ello, se establecen plazos menores o mayores según el tipo de patología y su estadio:

1 año: Melanoma de piel in situ, cáncer cervical y cáncer de colon en estadio 0, diagnosticado después de los 50 años.

3 años: Cáncer testicular (seminoma puro etapa 1) y cáncer de tiroides papilar o vesicular en etapas 1 y 2.

3 a 5 años: Casos de leucemia, dependiendo del tratamiento recibido.

4 años: Cáncer de colon en etapa 1, diagnosticado después de los 50 años.

6 años: Linfoma de Hodgkin (estadios 1A y 2A), cáncer testicular en etapa 2 y cáncer de tiroides en etapa 3.

8 a 10 años: Patologías de mayor riesgo, como cáncer de riñón y linfomas en estadios avanzados.

Cumplidos estos plazos, las instituciones financieras y aseguradoras no podrán exigir la declaración del antecedente oncológico ni aplicar condiciones más onerosas, como el aumento de primas.

El sustento humano y científico

Durante la discusión en comisión, los defensores del proyecto citaron criterios médicos que señalan que el 99% de las recaídas oncológicas ocurren dentro de los primeros cinco años posteriores al tratamiento. Superado ese periodo, el riesgo de una persona que tuvo cáncer se asemeja al de la población general.

El diputado proponente, Jorge Bloise, destacó testimonios de ciudadanos que superaron la enfermedad hace décadas —algunos desde la infancia— y que hoy enfrentan obstáculos para obtener préstamos hipotecarios, financiamiento para vehículos o tarjetas de crédito. También se mencionaron casos de jóvenes que no pudieron realizar prácticas profesionales debido a la negativa de aseguradoras privadas.

“Vencer una enfermedad grave no debe convertirse en una condena permanente”, sostuvo Bloise, al subrayar que la iniciativa busca enviar un mensaje de esperanza y justicia social.

Las reservas del sector financiero y asegurador

Representantes de la Asociación Panameña de Aseguradoras (Apadea) y de la Asociación Bancaria de Panamá expresaron preocupaciones sobre el impacto económico de la propuesta.

Entre los principales señalamientos, advirtieron que impedir la declaración de antecedentes podría afectar los principios técnicos del seguro, lo que eventualmente llevaría a un aumento generalizado de primas para todos los asegurados. También alertaron que el encarecimiento de los seguros de vida —requeridos para préstamos— podría elevar las letras mensuales de hipotecas y créditos personales.

El sector privado planteó además que la aplicación del derecho al olvido en los seguros de salud podría tener un impacto “catastrófico”, debido a los altos costos de los tratamientos oncológicos en el ámbito privado, y sugirió limitar la norma a los seguros asociados a créditos.

Antes de su aprobación en primer debate, la comisión introdujo modificaciones relevantes al texto. Entre ellas, la revisión del artículo 4, que ahora declara nulas las cláusulas, exclusiones o condiciones más gravosas —como el aumento de primas— aplicadas a personas que cumplan con los plazos establecidos en la ley.

Aunque el proyecto superó esta primera etapa, los diputados coincidieron en la necesidad de seguir afinando el texto en una mesa técnica antes del segundo debate, con el objetivo de equilibrar el enfoque humano de la iniciativa con la sostenibilidad del sistema financiero y asegurador.

Proyecto de ley busca frenar la discriminación a sobrevivientes de cáncer.
Lo Nuevo