Cómo solicitar guías de transporte y exportación

Actualizado
  • 11/09/2014 02:00
Creado
  • 11/09/2014 02:00
Se crea un equipo técnico evaluador formado por dos funcionarios del Departamento de Manejo Forestal

La Resolución AG 0602-2014 de 2 de septiembre de 2014 resuelve, en cuanto a las guías de transporte forestal y guías forestales para productos de exportación de madera, establecer un procedimiento especial para la expedición de estas guías de transporte, amparadas con permiso de Comercio Internacional de especies de Fauna y Flora Silvestre (CITES).

El Director de Gestión Integrada de Cuencas Hidrográficas será el encargado de dicha expedición, por lo que los Administradores Regionales de la ANAM quedan inhabilitados para ello.

También se crea un equipo técnico evaluador formado por dos funcionarios del Departamento de Manejo Forestal, dos del Departamento de Biodiversidad y Vida Silvestre y dos de Asesoría Legal de la ANAM.

Las solicitudes de guía de transporte hechas a través del director regional serán notificadas al equipo evaluador para coordinar una inspección que verifique el volumen correspondiente amparado bajo el permiso de CITES.

El equipo hará un informe con sus recomendaciones que será remitido al Administrador Regional y al Director de Gestión Integrada de Cuencas Hidrográficas y las guías de transporte serán emitidas.

El beneficiario del permiso deberá entonces solicitar la expedición de las guías de exportación al Director de Gestión Integrada de Cuencas Hidrográficas, quien verificará que cumpla los requisitos establecidos en la resolución JD-24-94 de 2 de agosto de 1994, para proceder a expedirlo.

Los beneficiarios legalmente acreditados de permiso CITES tendrán 30 días hábiles desde la promulgación de esta resolución para iniciar los trámites relacionados a la expedición de guías e transporte forestal y exportación de madera de cocobolo. Transcurrido el término, no se podrán iniciar los trámites y los permisos caducarán.

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