Los hijos de nadie

Actualizado
  • 10/10/2022 00:00
Creado
  • 10/10/2022 00:00
Solo el año pasado (2021) 1.545 nacimientos no fueron registrados en el Tribunal Electoral. Estos niños llevan el nombre que el Registro Civil les coloca de acuerdo con el acta de nacimiento que guarda el hospital. Son inscripciones de oficio
La madre puede acudir al Registro Civil y reportar el nombre del padre de la criatura, en caso de que este se niegue a registrarlo.

Transcurría el mes de septiembre de 1996 cuando las hermanas Rodríguez (como las llamaremos para esta historia, porque prefieren reservar su identidad) descubrieron que el nombre por el que se les conocía durante sus primeros 11 años de vida para la mayor y 7 para la menor, no estaban legalmente registrados.

Todo cambió cuando la madre se dirigió a las oficinas del Tribunal Electoral (TE) a solicitar el documento de nacimiento de ambas hermanas, porque la escuela lo estaba solicitando.

“Mi familia me conoce como Suyitza porque ese era el nombre que había puesto mi madre, pero al no registrarlo en el TE, me colocaron el segundo nombre de ella. A mi hermana, la mayor, con el mismo problema que yo, le colocaron el primer nombre. Ambas solo con el apellido materno”, contó la menor de las hermanas.

Eyda y Susana Rodríguez nunca fueron registradas en el TE por sus padres; en estas condiciones la oficina de registro civil decidió realizar una inscripción de oficio.

Procedimiento legal

¿Pero este procedimiento aún permanece vigente? Lo explica el subdirector de Registro Civil del Tribunal Electoral, Boris Corcho: “se les da oportunidad, seis meses a los padres para que vengan a declarar a sus hijos, que han nacido en hospitales, pero si no vienen se inscriben de oficio con los datos que aparecen en el parte clínico”.

Agrega que si la madre o el padre no acuden a declarar se utiliza este procedimiento, pero que si después de esto acuden, deben realizar un proceso de rectificación en el Registro Civil.

No son las hermanas Sánchez residentes en el distrito de San Miguelito las únicas que han tenido que lidiar con esta complicación. En el corregimiento 24 de Diciembre nos encontramos el caso de Deiver Diéguez Flaco y su madre Isaira Flaco.

Isaira, de 26 años, es oriunda de la comarca Emberá Wounnan, y no fue hasta hace dos años, cuando ya tenía un hijo de 6, que pudo tener un documento de identificación personal y decir con seguridad cuál es su nombre. Isaira tuvo que enfrentar toda una telaraña jurídica para poder obtener una identidad, porque su nacimiento en un área de difícil acceso no quedó reportado.

Ella nació en una vereda muy lejana de El Real (Darién), en un caserío; la inscripción se hizo a lápiz y aparentemente se borró. Pasó tanto tiempo que cuando fue a sacar la cédula le decían que ella no era de Panamá, contó su suegra Elsy Diéguez.

La situación legal de Isaira repercutió en su hijo, explicó la abuela del niño Elsy Diéguez a quien le tocó sacrificar sus limitados ingresos para que el niño asistiera a una escuela privada porque el sector público se negó a incluirlo en el sistema educativo a raíz de que su madre no pudo tramitar sus documentos en el TE, porque ella tampoco los tenía.

Después de cumplir la mayoría de edad se fue a La Palma, luego a Metetí, nació el niño y no lo registraban con el apellido del papá, porque la madre no tenía documentos, nos contó la señora Elsy, actualmente responsable del niño.

Contrario a lo que les tocó vivir, Boris Corcho asegura que “este menor debió ser inscrito, ¿como? Con los datos que dio la madre...yo soy la mamá y tengo el nombre porque así me identifico”, independientemente si tiene o no número de cédula, porque son dos personas diferentes, asegura.

Estos casos son comunes en las áreas de difícil acceso, más de lo que pensamos, a pesar de la creación de nuevas leyes que protegen los derechos del niño, como es el primero al nacer: tener un nombre.

“Es un derecho de toda persona nacida en el territorio panameño estar inscrita y obtener su registro de nacimiento”, agrega el subdirector del Registro Civil.

Yenigt Sánchez es psicóloga y sabe bien cuáles son las consecuencias que deja no tener algo tan básico para el ser humano, como es un nombre. No solo en su niñez, sino también de adulto.

“Realmente las consecuencias más marcadas las vamos viendo en la adolescencia o en la adultez, cuando la persona va entendiendo que no la registraron, pero ¿por qué? Debido a esta situación la persona puede desarrollar depresión, baja autoestima, desequilibrio emocional, y se va a ver muy marcado cuando tenemos una ausencia emocional”, explica Sánchez.

Nuevos nacimientos

Según datos suministrados por el Tribunal Electoral, en 2021 se registraron 77.260 inscripciones de nacimiento, “nosotros llegamos inscribir un 83% de los nacimientos dentro de los 12 meses siguientes a su ocurrencia, también manejamos de un 12% a un 15% de los nacimientos que inscribimos mayores a 12 meses y un 2% mayor a 24 meses, que es lo que denominamos inscripciones tardías”, explicó Corcho.

Pero el Instituto Nacional de Estadística y Censo de la Contraloría General solo tiene reflejado que en ese año hubo 64.437 nacimientos en instalaciones de salud del Ministerio de Salud, Caja de Seguro Social y clínicas privadas, lo que indica que solo en 2021 hay 12.823 inscripciones tardías o de oficio, que representan el 14%.

Responsabilidad del Estado

Es responsabilidad de las instituciones del Estado garantizar que no haya niños en el país sin registro o nombre, es ilegal, así lo dijo la abogada Suky Yard.

Legalmente esos niños tienen derechos y cuando la familia no juega el rol de protegerlos, tienen que entrar las instituciones, para eso está la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, el Ministerio de Desarrollo Social y el Tribunal Electoral, no podemos tener menores de edad sin identidad, eso es ilegal, recalcó la abogada.

La Ley 39 de 2003 establece en su “Artículo 257 A: la madre de una niña o de un niño no reconocido voluntariamente por su padre puede declarar, bajo la gravedad del juramento, el nombre del progenitor ante el registrador auxiliar del hospital o centro de salud donde se haya producido el nacimiento o en la Dirección Provincial del Registro Civil del Tribunal Electoral”.

A pesar de las facilidades que brinda la Ley 39 de 2003, aún hay madres que no obligan al padre de sus hijos a darles el apellido, y otras deciden que no lo deben llevar, sin analizar las repercusiones que esto tendrá en la criatura. ¿Cuáles son? Lo explica la psicóloga Yenigh Sánchez.

“Cuando empieza la escuela y estos niños ven que los amiguitos tienen dos apellidos o dos nombres –mamá y papá–, se comienzan a preguntar ¿por qué ellos sí y yo no? Ahí se inicia un sentimiento de rechazo”, explica.

La mayor preocupación de la activista y defensora de los derechos del niño Lucy Córdoba es que en el caso de la comarca Ngäbe Buglé hay niños cuyos nacimientos no existen, y esto se presta para el crimen organizado.

Entra la malicia de que hay un derecho de no registrar al niño, para luego hacerlo por otra mamá y otro papá, y esto es un tipo de venta de niños invisibilizado. Que el niño nazca en la montaña y luego sea llevado, y si no ha sido registrado en un hospital, ¿quién garantiza que esa sea la verdadera mamá?, se cuestiona Córdoba. Es un abanico de riesgos que se le presentan al niño al no ser registrado, agrega.

Eunice Grajales es pastora de una iglesia que hace labor social en la comarca Ngäbe Buglé. Según nos cuenta, en esta región es común ver a niños que solo tienen un apodo para llamarles, porque sus nacimientos no existen y sus madres –que en muchos casos solo hablan dialecto– no se preocupan de ponerles un nombre.

Un escollo hasta la muerte

La señora Grajales atendió a una familia que estaba de paso y se dio cuenta de que los niños solo eran llamados por los apodos de Toñito y Coquito, y hasta se los variaban. Al preguntarle a la abuela, esta relató que la madre se los había dejado para irse con otra pareja. Los niños se acostumbraron a ser llamados por esos apodos, no tenían nombres.

Relata que los niños enfermaron y el centro de salud solo les pudo dar atención primaria porque no tenían ninguna identificación. Estos niños tampoco van a la escuela.

Pero no solo tienen problemas en su vida, sino que también al morir, sus familiares pasan dificultad para darles cristiana sepultura.

A la pastora Eunice le tocó atender el caso de un adulto oriundo de la comarca Ngäbe que falleció por inmersión. Le pidieron ayuda a la iglesia donde ella predica el evangelio, porque sus familiares no tenían facilidades económicas para el sepelio, pero al llegar a la Morgue Judicial el panorama se complicó porque el sujeto no tenía ningún tipo de identificación y ante las autoridades no existía. Es otro que nunca fue registrado.

En este caso había hijos que tenían el apellido materno, porque él como padre no podía inscribirlos al no tener un documento que lo identificara como ciudadano de este país (ni de ningún otro).

A Grajales le tocó solicitar la asistencia del TE, que a la fecha no ha culminado la investigación para el registro de este señor que ya pudo ser sepultado, pero en la morgue esperan el documento legal para cerrar ese proceso.

No hay un registro exacto en áreas comarcales de nacimientos por parto casero que no son reportados, pero estos casos son muy comunes. La cultura nómada de los habitantes de esta región del país dificulta llevar un control.

Es responsabilidad de los padres de familia y del Estado garantizar el cumplimiento de los derechos humanos del niño, para que en Panamá ya no haya “hijos de nadie”.

Lo Nuevo
comments powered by Disqus