Juntas comunales pueden desarrollar proyectos en conjunto

Actualizado
  • 04/04/2016 02:00
Creado
  • 04/04/2016 02:00
La medida está contemplada en el Decreto No. 116-2016 DMySC del 22 de marzo 2016, publicada en Gaceta Oficial el pasado viernes

Las juntas comunales pueden unir las partidas que reciben del fondo del impuesto de bienes e inmueble para desarrollar obras en conjunto. Igual medida pueden realizar unificar partidas de las juntas comunales con las alcaldías y de estas con instituciones del gobierno central.

La medida está contemplada en el Decreto No. 116-2016 DMySC del 22 de marzo 2016, publicada en Gaceta Oficial el pasado viernes, mediante el cual se aprueba la guía para el manejo de programa de inversión y servicio municipales de la Secretaria Nacional de Descentralización y Asociación de Municipio de Panamá.

‘En el caso de las Asociaciones Municipales, se regirán por lo establecido en la Ley Núm.106 de 8 de octubre de 1973, sobre Régimen Municipal', señala la norma.

Cada Alcaldía y Junta Comunal garantizará el personal técnico idóneo, legal y financiero, ya sea de forma individual o colectiva, para encargarse del seguimiento de todo el proceso que conlleva la gestión y el manejo de las obras del Programa de Inversión de Obras Públicas y Servicios Municipales, desde la etapa de aprobación hasta la entrega total de la obra, suministro o servicio, agrega el documento. El Acuerdo establece un listado del tipo de proyectos que pueden desarrollar, siempre y cuando tengan el consenso ciudadano de la zona, donde se ejecuta la obra.

En el ámbito de salud, por ejemplo, los gobiernos locales pueden desarrollar proyectos de construcciones, remodelaciones y mejoramiento de hospitales, centros, subcentros y puestos de salud, sistema sanitario para vivienda y la compra de equipos médicos.

En educación pueden construir, ampliar, reparar, o mejorar instalaciones de centro educativo y bibliotecas, así como abastecimiento y equipamiento de escuelas, telebásicas, colegios y comedores.

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