La ADAP demanda la ley de la Acodeco

Actualizado
  • 02/04/2018 02:01
Creado
  • 02/04/2018 02:01
La Asociación de Distribuidores de Autos no está de acuerdo con las modificaciones a la ley. La Acodeco resolverá quejas presentadas por los consumidores de problemas con autos hasta los $30 mil

La Asociación de Distribuidores de Autos de Panamá (ADAP) interpuso ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) una acción de inconstitucionalidad contra dos artículos de la Ley 45 de 2007 que dicta normas sobre Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) y que fue modificada por la Asamblea Nacional recientemente.

La demanda de inconstitucionalidad fue promovida por la firma forense Morgan & Morgan y presentada el 28 de marzo.

En el reparto de expedientes, que realizó el presidente encargado de la Corte, Harry Díaz, en asocio con la Secretaría y con fundamento en el artículo 102 del Código Judicial, la demanda promovida por ADAP está en manos del magistrado Hernán De León.

DEMANDA EN LA CORTE

El magistrado Hernán De León deberá resolver la inconstitucionalidad

La demanda de inconstitucionalidad fue promovida por la firma forense Morgan & Morgan y presentada el 28 de marzo.

Dos artículos a la ley original están demandados por la ADAP.

El primer artículo demandado como inconstitucional por la ADAP establece las funciones específicas del director Nacional de Acodeco.

El punto tres del artículo 100 de la ley de Acodeco, detalla que el director puede conocer y decidir, a prevención con los tribunales de justicia competentes y hasta la suma de $5 mil. Antes de la modificación a la ley la suma que podía ver la entidad era de $2,500.

Los procesos de decisión de quejas que presenten los consumidores, en forma individual o colectiva, sigue explicando el punto tres del artículo, en contra de los proveedores de bienes y servicios en relación con las infracciones a las normas de protección al consumidor, y aplicar las sanciones correspondientes.

También el director podrá, entre otras funciones, pero no limitado, ordenar el reemplazo del bien o servicio, su reparación o la devolución de las sumas pagadas por el consumidor.

Cuando se trate de reclamaciones sobre vehículos de motor, la competencia para conocer y decidir a prevención será hasta $30 mil.

El segundo artículo demandado como inconstitucional por parte de la ADAP, el 115 de la Ley 45, detalla que es competencia de la Acodeco cuando se trata de reclamaciones sobre vehículos de motor, conocer y decidir a prevención será de hasta $30 mil.

El punto anterior no estaba contemplado en la ley de la Acodeco, pero fue introducido recientemente.

El proyecto de ley fue presentado en la Asamblea en 2015, pero no fue aprobado hasta 2016. Una objeción del Ejecutivo obligó a realizar modificaciones y el 19 de julio de 2017 se aprobó en tercer debate. El proyecto de ley fue publicado en Gaceta Oficial en febrero de este año.

La iniciativa legislativa la impulsaron las diputadas de Cambio Democrático Yanibel Ábrego, Dana Castañeda, Dalia Bernal y Marilyn Vallarino.

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