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- 12/03/2026 00:00
La Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales de la Asamblea Nacional aprobó en primer debate el proyecto de ley 391, que reforma la Ley 22 de 29 de junio de 2005 para fortalecer el derecho de réplica, regular la publicación de rectificaciones en medios de comunicación y establecer nuevas disposiciones relacionadas con sanciones por desacato.
La iniciativa fue aprobada con nueve votos a favor, sin votos en contra ni abstenciones, por lo que será remitida al pleno legislativo para su discusión en segundo debate.
El diputado proponente, Ernesto Cedeño Alvarado, explicó durante la sesión que el objetivo del proyecto es reforzar el derecho de las personas a responder a informaciones que consideren inexactas o agraviantes, garantizando un procedimiento claro para ejercer ese derecho.
“Esta propuesta busca fortalecer el derecho de réplica y garantizar que cualquier persona pueda responder cuando considere que una información difundida afecta su honra o reputación”, sostuvo Cedeño durante la sustentación del proyecto.
El texto aprobado establece que la réplica, rectificación o respuesta deberá publicarse con el mismo espacio y prominencia que la información que originó la solicitud. Además, fija un plazo de 48 horas para su publicación, con la posibilidad de extenderlo 24 horas adicionales cuando el medio de comunicación demuestre que no pudo cumplir el término inicial por causas justificadas.
La propuesta también obliga a los medios a mantener una sección permanente destinada a la publicación de rectificaciones, aclaraciones o comentarios de personas afectadas por informaciones difundidas.
El presidente de la comisión, el diputado Luis Eduardo Camacho Castro, indicó que el proyecto fue revisado y consensuado con el proponente y otros miembros del órgano legislativo antes de su aprobación.
“Lo que se busca es equilibrar el ejercicio de la libertad de expresión con el derecho de las personas a defender su honra y reputación”, manifestó Camacho durante la discusión del proyecto.
Regulación según el tipo de medio
La iniciativa también establece cómo deberá aplicarse el derecho de réplica según el tipo de medio de comunicación.
En los medios escritos, la rectificación deberá publicarse en la misma página donde apareció la información original. En radio y televisión, deberá difundirse en el mismo horario y espacio donde se emitió el contenido cuestionado.
En el caso de medios digitales, la réplica deberá ubicarse en la misma sección o espacio de la publicación original y deberá incluir un aviso visible o cintillo que identifique el contenido como “Derecho a Réplica”.
Las controversias relacionadas con la veracidad de la información o el ejercicio del derecho de réplica deberán resolverse exclusivamente en los tribunales civiles, a través de los procesos legales correspondientes.
Según el proyecto, las personas que se consideren afectadas por una publicación o declaración podrán ejercer el derecho de réplica o presentar acciones de responsabilidad civil ante los tribunales competentes.
Con la aprobación en primer debate en la Comisión de Gobierno, el Proyecto de Ley 391 continuará su trámite legislativo en el pleno de la Asamblea Nacional, donde los diputados evaluarán su contenido en segundo debate antes de decidir si avanza a las siguientes etapas del proceso legislativo.