Tribunal Superior de Liquidación confirma absolución de exviceministro Camacho y ex directora de migración en caso “call center”

Actualizado
  • 07/07/2022 20:00
Creado
  • 07/07/2022 20:00
Los magistrados también confirmaron la decisión de declarar prescrita la acción penal, a favor de otras tres personas procesadas en este caso

El Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales del Primer Distrito Judicial de Panamá confirmó la decisión del Juzgado Tercero Liquidador de Causas Penales de Panamá, que absolvió al exviceministro de Comercio e Industrias, Luis Eduardo Camacho González y a la exdirectora nacional de Migración, María Cristina González.

A Camacho González se le había formulado cargos por el delito de peculado y a la ex jefa de Migración cargos por los delitos de tráfico de influencias y estafa, dentro del denominado caso “call center”, de la campaña política de un excandidato presidencial para las elecciones generales de 2014.

Los magistrados sustentaron la falta de argumentos de acusación por parte del Ministerio Público al momento de alegar en la audiencia ordinaria.

Mediante la Sentencia 2ª. n° 59 de fecha 27 de junio de 2022, el tribunal colegiado de apelación, conformado por los magistrados Manuel Mata Avendaño, Joel Miñán Samaniego y José Hoo Justiniani, también confirmó la decisión de declarar prescrita la acción penal, a favor de otras tres personas procesadas en este caso, por el delito de corrupción de servidores públicos.

En su decisión de confirmar la sentencia, la cual había sido apelada, los magistrados sustentaron la falta de argumentos de acusación por parte del Ministerio Público al momento de alegar en la audiencia ordinaria, así como en su escrito de apelación, en la cual según las juezas, no lograron crear la certeza jurídica en cuanto a la responsabilidad penal de los hoy absueltos.

Sobre la prescripción de la acción penal, el tribunal estimó que se configuró al haber transcurrido más de tres años al plazo establecido en el numeral 3 del artículo 1968-B del Código Judicial.

En consecuencia, el tribunal en grado de apelación coincide con el fallo del juez de la causa y, por tanto, confirma en todo la Sentencia Mixta n.° 01-2022 de 1 de febrero de 2022.

Este caso se inició con diversas publicaciones periodísticas divulgadas los días 29 de abril y 1 de mayo de 2014, que daban cuenta de funcionarios que, estando nombrados en el MICI, pero percibiendo salario de la Asamblea Nacional, manejaban un call center a favor de una campaña presidencial.

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