Reabren caso de peculado en Juntas Comunales

Actualizado
  • 07/08/2018 17:28
Creado
  • 07/08/2018 17:28
Este caso se reabrirá para el Primer Circuito Judicial de Panamá

El Juzgado Quinto de Circuito Penal de Panamá, mediante Auto Vario N° 356 de 3 de agosto de 2018, admitió la solicitud de reapertura del caso denominado “Juntas Comunales”, pero sólo de aquellas que se encuentran dentro del Primer Circuito Judicial de la provincia de Panamá, de las cuales es competente ese juzgado por motivo de circunscripción territorial.

Así lo dejó plasmado en su resolución el juez Quinto, Enrique Paniza, ante la solicitud de reapertura formulada por el fiscal Anticorrupción de Descarga de la Procuraduría General de la Nación, Adecio Mojica Peña, referente a las sumarias en averiguación, por la presunta comisión de un delito contra la administración pública (peculado), en perjuicio de las Juntas Comunales, al incorporarse como nueva prueba un informe de auditoría de la Contraloría General de la República.

El juez Paniza destacó que esta decisión de admitir la reapertura del caso solo de las Juntas Comunales, de las cuales es competente ese juzgado por motivo de circunscripción territorial, es cónsona con su decisión plasmada en el auto de sobreseimiento provisional N° 86 del 5 de mayo de 2015, el cual no fue apelado en su momento por ninguna de las partes, ni por el Ministerio Público, y que se encuentra debidamente ejecutoriado.

En cuanto a comentarios esbozados en medios de comunicación de cierta demora en resolver la reapertura, el juez Paniza aclaró en dicha resolución que las presentes sumarias constantes de 93 tomos fueron remitidas el 16 de marzo de 2018 a la Sala Penal, para resolver conflicto de competencia, entre el juzgado Quinto y el juzgado Liquidador de Chiriquí.

Una vez resuelto dicho conflicto de competencia, para la fecha del 8 de junio la Sala Penal remitió los 93 tomos al Juzgado Liquidador de Chiriquí, y éste a su vez devuelve lo concerniente al Juzgado Quinto de Circuito Penal de Panamá para la fecha del 26 de junio. Es entonces desde esa fecha, que el Juzgado Quinto -simultáneamente- procede a realizar los trámites procesales tanto del traslado a las partes sobre la solicitud de reapertura; así como de una solicitud de acumulación presentada por la propia Fiscalía Anticorrupción, la cual fue negada para la fecha del 12 de julio, por no encontrarse las causas en la misma instancia procesal.

En ese sentido, el Juzgado Quinto de Circuito Penal de Panamá ordenó devolver los 93 tomos a la Fiscalía Anticorrupción, a fin que continúen con el trámite legal correspondiente.

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