Sociedad Civil se incorporaría al Órgano Judicial

PANAMÁ. La Corte Suprema de Justicia (CSJ) podría dejar de ser el administrador exclusivo del sistema judicial panameño. Si el proyecto ...

PANAMÁ. La Corte Suprema de Justicia (CSJ) podría dejar de ser el administrador exclusivo del sistema judicial panameño. Si el proyecto de reformas constitucionales que los notables presentaron al Ejecutivo avanza, poner los pesos y contrapesos de la justicia local sería una tarea del ‘Consejo Superior de la Judicatura’.

Se trata de un ente que integrarían sectores ligados al sistema de justicia y por la sociedad civil. Ese Consejo, indica el proyecto en su explicación de fondo, absorbería las funciones de la hoy Sala Cuarta de Negocios Generales de la Corte, manejada por los magistrados presidentes de cada sala de la Corte.

En síntesis, la instancia del Órgano Judicial sería la encargada de elaborar el anteproyecto de presupuesto (que alcanza el 2% de los ingresos corrientes del Gobierno central), expedir las idoneidades, administrar el personal judicial y la Carrera Judicial, así como dar cuenta a la Asamblea Nacional sobre las dudas, vacíos, contradicciones e inconvenientes en la aplicación de leyes civiles, penales, mercantiles y judiciales.

Sin embargo, ese no es el único cambio. Las garantías fundamentales pasarían a la guarda de la Corte Constitucional (en lugar de la Sala Quinta), y los temas laborales y sociales serían jurisdicción de una nueva sala de la Corte: la cuarta.

Así las cosas, la ahora máxima corporación de justicia estaría integrada por 12 magistrados elegidos por el Ejecutivo y ratificados por dos terceras partes de la Asamblea, de una lista que suministre una Comisión Nacional de Evaluación y Postulación, conformada también por la sociedad civil. Los magistrados electos estarían en sus cargos por 20 años.

El magistrado presidente, según el artículo 363 de la propuesta de reforma, estaría en el puesto por cinco años, en lugar de dos. En ese período, agrega el párrafo, presidiría también el Consejo de la Judicatura, y no podrá atender asuntos jurisdiccionales.

MÁS PROPUESTAS

Con la reforma constitucional, los corregidores —nombrados políticamente por los municipios— dejarán de existir: pasarán a ser jueces de corregimiento e integrarían la estructura del Órgano Judicial.

Además, con los cambios, el título de la autoridad del Ministerio Público (MP) dejaría de ser ‘procurador general de la Nación’, para llamarse ‘fiscal general de la Nación’.

Por su lado, la Procuraduría de la Administración ganaría un título constitucional. Entre otras atribuciones, esa institución tendría que vigilar la conducta oficial de los funcionarios y opinar en los procesos constitucionales que lleve adelante la Corte Constitucional.

IMEL, FUERA DEL MP

El Instituto de Medicina Legal, Ciencias Forenses y Criminalística también estaría en un nuevo peldaño. El proyecto de los notables lo eleva a rango constitucional, y declara su autonomía.

Lo sería también el Instituto de Defensoría de Oficio, encargado de dar asistencia legal gratuita. La institución tendría independencia financiera, administrativa y presupuestaria.

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