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Diputados podrán gestionar obras para sus comunidades con el nuevo Reglamento
- 05/08/2026 12:45
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Agrega La Estrella en Google ↗️Más de 120 propuestas llegaron al segundo debate de la reforma al Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional. Las iniciativas plantearon cambios en transparencia, nepotismo, asistencia, salarios, funcionamiento de las comisiones, participación de suplentes y rendición de cuentas.
Al final, el resultado fue una reforma con cambios puntuales y sin una transformación de fondo del funcionamiento de la Asamblea.
Pero entre las modificaciones que sí quedaron incorporadas hay una que puede tener un impacto directo en la relación entre los diputados y las comunidades que representan: la incorporación de la gestión y fiscalización de programas y proyectos como parte de las funciones de los legisladores.
La propuesta fue presentada por el diputado Luis Camacho y establece que los diputados y diputadas, en su responsabilidad constitucional de representar a sus electores, gestionarán y fiscalizarán programas y proyectos destinados a mejorar la calidad de vida de sus comunidades.
El texto enumera las áreas en las que se podrán gestionar estos proyectos: carreteras, puentes, cajones, infraestructura vial, alcantarillado, electrificación, educación, deporte, turismo, agua potable y caminos de producción.
Además, establece que estos proyectos estarán orientados a integrar a las comunidades más apartadas al desarrollo nacional y señala que serán ejecutados por las instituciones respectivas.
Es decir, el diputado aparece como gestor y fiscalizador, mientras que la ejecución de las obras queda en manos de las instituciones correspondientes.
El punto que introduce Camacho adquiere relevancia porque el texto no se limita a hablar de fiscalización. Utiliza expresamente el término “gestionarán”.
La disposición también señala que se garantizará una “inversión mínima en el presupuesto general del Estado”, aprobado por la Asamblea, para la ejecución de estos proyectos.
La combinación de ambos elementos —gestión de proyectos e inversión presupuestaria— abre una discusión sobre el alcance que tendrá en la práctica el papel de los diputados dentro de sus circuitos electorales.
¿Qué significa gestionar un proyecto? ¿Qué procedimiento deberá seguir un diputado? ¿Cómo se determinará la inversión mínima? ¿Qué controles existirán sobre esa gestión? ¿Dónde termina la función de representación y fiscalización del diputado y comienza la responsabilidad de las instituciones que ejecutan las obras?
El texto aprobado establece que las instituciones respectivas ejecutarán los proyectos, pero no desarrolla en la disposición los mecanismos concretos que regularán la gestión de los diputados.
Ese vacío coloca el artículo entre los puntos que podrían generar mayor discusión una vez entre en vigencia el nuevo Reglamento.
La inclusión de la gestión de proyectos contrasta con el alcance general de la reforma. El proyecto llegó al Pleno después de varios meses de discusión en la Comisión de Credenciales. Durante el primer debate, esa instancia trabajó sobre modificaciones a 37 artículos y produjo un Texto Único del Proyecto de Ley 594.
Para el segundo debate, las bancadas presentaron más de 120 propuestas entre modificaciones, adiciones y eliminaciones.
La discusión abarcó asuntos sensibles para el funcionamiento del Legislativo: asistencia y descuentos salariales, funcionamiento de las comisiones, obligatoriedad de las sesiones, uso del tiempo durante los debates, participación de los suplentes, transparencia y reglas para su juramentación.
Pese al volumen de propuestas, el texto aprobado no produjo una reforma estructural del Reglamento.
La mayoría de los cambios se concentra en procedimientos y reglas específicas.
Entre las propuestas discutidas estuvieron varias relacionadas con la transparencia.
La bancada Vamos planteó eliminar el carácter reservado de las sesiones de la Comisión de Presupuesto para convertirlas en públicas y abiertas. También propuso que las actas de las comisiones se publicaran dentro de las 24 horas posteriores a su aprobación.
Otra iniciativa buscaba eliminar las votaciones secretas y establecer que las decisiones se adoptaran mediante votación nominal o a mano alzada.
También se planteó publicar las planillas de la Asamblea Nacional y establecer reglas contra el nepotismo.
Esta última propuesta buscaba impedir que los diputados nombraran familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad en puestos permanentes, transitorios o mediante contratos por servicios profesionales.
Eran propuestas que apuntaban directamente a modificar mecanismos de transparencia y control dentro del Legislativo.
Sin embargo, el resultado final no produjo cambios de igual profundidad en esos aspectos.
Otro de los temas que generó debate fue la participación de los diputados suplentes.
La reforma incorpora un nuevo artículo 45-A que permite al suplente que sustituya válidamente al diputado principal participar en las Comisiones Permanentes con voz y voto durante el período de habilitación.
La norma también establece reglas para su juramentación.
El tema provocó diferencias durante el debate. El propio Luis Camacho cuestionó que un suplente pudiera considerarse integrante de una comisión, al señalar que su participación ocurre cuando el diputado principal lo habilita.
Otra propuesta planteaba que, cuando un suplente sustituyera al principal, se descontara al diputado principal el salario correspondiente y se pagara íntegramente al suplente.
El texto final incorpora reglas específicas para la participación de los suplentes, pero no supone una reestructuración completa del modelo legislativo.
La asistencia también cambia
La reforma introduce otro ajuste relacionado con la asistencia de los diputados.
El Reglamento vigente establece un registro diario de asistencia al Pleno de los diputados principales y suplentes habilitados.
La nueva disposición amplía el criterio para determinar la asistencia y contempla no solo la presencia en la curul, sino también la participación en actividades oficiales dentro del circuito electoral.
La modificación resulta relevante porque amplía la forma en que se puede acreditar la actividad oficial de un diputado.
Es otro cambio puntual que, al igual que la gestión de proyectos, conecta el trabajo legislativo con las actividades que los diputados desarrollan en las comunidades que representan.
La reforma también amplía el tiempo destinado al período de incidencias.
Actualmente, el Reglamento establece un máximo de 30 minutos. La propuesta aprobada eleva ese período a 45 minutos, aunque mantiene en cinco minutos el límite de cada intervención y la distribución proporcional entre las fracciones.
Es un aumento de 15 minutos, equivalente a un 50% del tiempo actual.
El cambio modifica la dinámica del Pleno, pero tampoco representa una transformación estructural del Reglamento.
Otro aspecto que requiere precisión es el mecanismo para integrar las comisiones permanentes.
La reforma no elimina el cociente electoral. Ese mecanismo ya figura en el Reglamento vigente e incluye la votación individual por candidato, la asignación de los puestos restantes según la cantidad de votos y el desempate por suerte.
La modificación aprobada incorpora un plazo: si las comisiones no están integradas, la Presidencia deberá convocar el procedimiento alternativo a más tardar 10 días hábiles después de su juramentación.
Se trata, por tanto, de un ajuste puntual y no de un cambio en el sistema de elección de las comisiones.
El alcance de la reforma provocó críticas entre diputados que esperaban modificaciones más profundas.
Luis Duke calificó las reformas como un “estancamiento y empeoramiento” del Reglamento Interno.
El diputado cuestionó que, a su juicio, se mantengan prácticas como el nepotismo y el cobro de salarios sin trabajar. También sostuvo que la Asamblea necesita renovar a sus diputados y criticó el papel de los partidos políticos tradicionales.
Janine Prado calificó el resultado de “decepcionante”.
La diputada sostuvo que la mayoría oficialista dejó el Reglamento Interno con “apenas cambios cosméticos” y centró parte de su crítica precisamente en la disposición que incorpora la gestión de proyectos entre las funciones de los diputados.
“¿Diputados gestionando proyectos? Solo les falta revivir las partidas circuitales”, expresó Prado.
La referencia a las partidas circuitales corresponde a la valoración política de la diputada. El texto aprobado no crea nuevamente ese mecanismo.
Lo que sí establece es una función expresa para que los diputados gestionen y fiscalicen proyectos destinados a sus electores y una referencia a una inversión mínima en el presupuesto general del Estado.
Una reforma con poco cambio, pero una nueva función
El balance del proceso muestra un contraste.
Más de 120 propuestas llegaron al segundo debate, pero el texto final no modificó de manera sustancial varios de los asuntos que generaron mayor discusión.
El Reglamento mantiene buena parte de sus estructuras y procedimientos. Los cambios aprobados se concentran en aspectos puntuales: el período de incidencias, la asistencia, la participación de suplentes, reglas para la elección de la Directiva, el funcionamiento de las comisiones y la Orden Justo Arosemena.
Sin embargo, dentro de esa reforma limitada aparece una disposición con una particularidad distinta.
La propuesta de Luis Camacho incorpora expresamente a los diputados como gestores y fiscalizadores de proyectos para sus electores, incluyendo obras de infraestructura, agua potable, electrificación, educación, deporte y caminos de producción.
La ejecución queda en manos de las instituciones respectivas, pero la norma abre un nuevo escenario para la relación entre los diputados, sus circuitos y la gestión de recursos públicos.
Por eso, más que el volumen de modificaciones, uno de los aspectos que marcará el debate sobre el nuevo Reglamento será cómo se aplicará esta nueva función de gestión de proyectos y qué controles tendrá.
La reforma, en términos generales, no produjo el cambio profundo que planteaban las más de 120 propuestas discutidas en segundo debate.
Pero sí dejó una modificación que puede tener consecuencias políticas y administrativas relevantes: los diputados tendrán expresamente entre sus funciones la gestión y fiscalización de proyectos dirigidos a sus electores.
Las nuevas disposiciones tienen prevista su entrada en vigor el 2 de enero de 2027.