El Consejo que nació sin una ley

Actualizado
  • 13/03/2012 01:00
Creado
  • 13/03/2012 01:00
PANAMÁ. Han sido más de 22 años de existencia y a la fecha, el Consejo de Seguridad no cuenta con una ley que defina al detalle sus func...

PANAMÁ. Han sido más de 22 años de existencia y a la fecha, el Consejo de Seguridad no cuenta con una ley que defina al detalle sus funciones. Gustavo Pérez sale de la Policía para convertirse en su nuevo secretario ejecutivo, lo que genera dudas.

En un tono severo, el exprocurador Rogelio Cruz recrimina que en lugar de juzgarlo se le envía a un ‘organismo oscuro’ del que pocas personas saben lo que hace.

Carlos Lee, de la Asamblea Ciudadana, se suma a Cruz y dice que ahora la seguridad del Estado estará en manos de una persona que genera dudas en la población, sobre todo por la manera en que salió de la Policía Nacional.

Aurelio Barría, quien fuera dirigente de la Cruzada Civilista, dice que preocupa que a Pérez se le asigna al frente de una institución que ‘no tiene forma’ y genera dudas a todos.

INSTITUCIÓN SIN LEY

Desde su nacimiento, el Consejo de Seguridad ha recibido críticas de sectores de la sociedad civil, entre ellos el hoy presidente de la República, Ricardo Martinelli, cuando apenas era un aspirante al cargo. En ese entonces se comprometió a derogar el Servicio Nacional de Inteligencia (SENIS) que creó por vía de decreto-ley el entonces presidente Martín Torrijos.

El Consejo de Seguridad ‘tendría mayor fortaleza si lo amparara una legislación en la que la sociedad interviniera’, amplió el civilista Aurelio Barría, quien también se suma a los cuestionamientos de la rotación ordenada.

LAS CONTRADICCIONES

Al asumir como presidente, Ricardo Martinelli dijo que cumpliría con la derogación del Decreto–Ley N° 9 de 20 de agosto de 2008, que aprobó Torrijos. Siete meses después, firmó el Decreto Ejecutivo N°263 del 19 de marzo de 2010, mediante el que creó el Consejo de Seguridad.

Antes había vetado un proyecto que aprobó la Asamblea Nacional en la cual derogaba el SENIS y le daba un plazo de seis meses para presentar un proyecto para reemplazarlo.

Los temores se fundamentan en la interpretación que le pueda dar el mandatario al artículo 5 del decreto en el que se detallan las funciones similares de la entidad, pero se establece además ‘las funciones que le asigne el presidente de la República’.

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