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- 12/02/2019 01:06
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Los siete partidos políticos han presentados su oferta electoral para el Parlamento Centroamericano (Parlacen).
Los colectivos postularon en orden numérico a sus candidatos. El primero que aparece en la lista tiene casi asegurada una curul en el Parlacen por los próximos cinco años.
Quienes sean electos tendrán las mismas prerrogativas que los 71 diputados de la Asamblea Nacional.
Panamá elige, el mismo día de las elecciones generales, por votación indirecta, a veinte diputados, cada uno con su respectivo suplente, para cumplir con la Ley 2 de 1994, por la cual se ratificó el Tratado Constitutivo del Parlacen.
Al momento de ejercer el derecho el voto, los ciudadanos no reciben una papeleta con los nombres de cada uno de los candidatos presentados. La elección es proporcional a los votos al presidente de la República.
Para postularse como candidato a diputado del Parlacen, se requiere cumplir los requisitos que exige la Constitución y el Código Electoral.
Cada lista tiene 20 diputados, en su orden, postulados por el país como circuito nacional.
Los electores votarán por la lista de su preferencia, seleccionando la casilla del partido o candidato presidencial por la libre postulación correspondiente a la boleta para presidente.
Los diputados del Parlacen se asignarán a cada partido o candidato presidencial por la libre postulación que haya postulado candidatos, mediante la aplicación del sistema de representación proporcional, que se establece en el artículo 461 del Código Electoral, con base en los votos obtenidos.
Solo podrán participar en las asignaciones de curules los partidos políticos que hayan subsistido y candidatos por la libre postulación que hayan obtenido el mínimo de 2% de los votos válidos.
Para la asignación de curules se procederá de la siguiente manera: el porcentaje de votos válidos, obtenido por cada partido y candidato presidencial por la libre postulación en las elecciones de presidente y vicepresidente serán divididos entre un cociente electoral fijo de cinco para obtener el número de curules que les corresponde a cada uno.
Dentro de la lista de cada partido o candidato presidencial por la libre postulación, las curules se asignarán a los candidatos en el orden en que fueron postulados.
En el evento de que aún quedaran curules por asignar, se adjudicará una por partido o candidato presidencial por la libre postulación entre los que tengan mayor número de votos y no hayan obtenido ninguna curul.
Si después de haber aplicado el procedimiento quedaran curules por asignar, estas se adjudicarán a los partidos o candidato presidencial por libre postulación más votados a razón de una por partido o candidato presidencial por libre postulación.
La asignación de curules de diputados al Parlacen y las respectivas proclamaciones estarán a cargo de la Junta Nacional de Escrutinio, tanto pronto concluya el escrutinio y la proclamación del presidente y vicepresidente.
El presidente de la República saliente también tiene la potestad para aceptar una de las curules que asignará el Parlacen.
El organismo regional está conformado por seis países: Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Panamá y República Dominicana.