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- 12/11/2025 13:02
La Dirección Regional de Organización Electoral de Colón, del Tribunal Electoral, anunció el inicio del proceso de recolección de firmas para la solicitud de revocatoria de mandato contra Lorenzo Diógenes Galván Niño, alcalde del distrito de Colón, quien fue electo por la libre postulación en las elecciones generales del 5 de mayo de 2024.
La solicitud fue presentada por el ciudadano Miguel Ángel Rodríguez, quien promovió la iniciativa amparada en lo dispuesto por el artículo 6 del Decreto 49 de 2020 y el artículo 2 del Decreto 8 de 2025, que reglamentan los procedimientos de revocatoria de mandato por iniciativa popular.
Mediante la Resolución 001-DROEC-RM-2025, emitida el 26 de agosto de 2025, el Tribunal Electoral autorizó el inicio de la recolección de firmas necesarias para respaldar la petición. El proceso comenzará el miércoles 12 de noviembre de 2025 y concluirá el 11 de marzo de 2026, abarcando un período de 120 días calendario.
Se requieren más de 52 mil firmas
De acuerdo con la Dirección Regional, el apoyo mínimo requerido equivale al 30% del padrón electoral del distrito de Colón, compuesto por 173,829 electores. En consecuencia, los promotores deberán reunir al menos 52,149 firmas válidas para que la solicitud de revocatoria pueda avanzar a la siguiente fase.
Solo los ciudadanos inscritos en el padrón electoral del distrito de Colón para las elecciones generales de 2024 y que conserven sus derechos ciudadanos podrán ofrecer su respaldo a la iniciativa.
Las firmas serán recibidas en la sede de la Dirección Regional de Organización Electoral de Colón, ubicada en Calle 1ª, Avenida Coconuts, Edificio Cristóbal Colón, corregimiento de Barrio Norte, en horario de 7:30 a.m. a 3:30 p.m.
Contexto del proceso
La revocatoria de mandato por iniciativa popular es un mecanismo de participación ciudadana que permite a los electores solicitar la destitución de un funcionario electo si consideran que ha incumplido con las funciones o promesas asumidas ante la comunidad.
El procedimiento requiere la validación del Tribunal Electoral, que debe verificar las firmas recolectadas y, de cumplirse los requisitos legales, convocar una consulta popular en el distrito o circuito correspondiente.