TE define uso de los $10 millones de fondos privados para las nóminas presidenciales

El Código Electoral establece que ese dinero será para movilización, caravanas, concentraciones, comidas, alquiler de locales. La propaganda electoral se pagará con fondos públicos

Las nóminas presidenciales podrán financiarse con recursos donados o propios, hasta un límite de $10 millones para gastos de campaña.

El Tribunal Electoral –mediante el Decreto No. 55 del 21 de diciembre de 2023, publicado en el Boletín del Tribunal Electoral N° 5538-A– estableció que estos fondos privados deben ser usados para movilización, combustible, hospedaje, activistas, caravanas, concentraciones, comidas, alquiler de locales, así como costos de luz, agua, teléfono, internet y celulares.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 246 del Código Electoral, el Decreto N° 55 del 21 de diciembre de 2023 también establece los topes de financiamiento para las nóminas a cargo del presidente de la República, postuladas por partidos políticos que no formalizaron alianza, así como para los candidatos presidenciales por la libre postulación.

Esto incluye también las fórmulas presidenciales postuladas por partidos políticos que formalizaron alianzas y el candidato presidencial por libre postulación respaldado por un partido político.

El tope del monto que los partidos políticos podrán recaudar de fuentes privadas para gastos de campaña se ha fijado en $5.321.255,08 para el Partido Popular, Molirena, Partido Panameñista, partido Alianza, Realizando Metas (RM), Partido Alternativa Independiente Social (PAIS) y Movimiento Otro Camino (Moca), y en $3.058.426,87 para el partido Cambio Democrático. El artículo 232 del Código Electoral establece que esta normativa no aplica para el Partido Revolucionario Democrático (PRD), al ser el colectivo que recibe mayor financiamiento público, que asciende a $15.963.765,24. De este monto podrá destinar hasta un 70%, equivalente a $11.174.635,67, para propaganda electoral.

El artículo 246 del Código Electoral indica que las nóminas presidenciales, ya sea por partidos políticos o por la libre postulación, podrán equiparar los gastos de propaganda electoral con financiamiento privado a la suma que pueda utilizar el partido político que más financiamiento público preelectoral reciba.

Por lo tanto, se ha establecido la necesidad de fijar topes en el financiamiento de las nóminas presidenciales, dependiendo del tipo de postulación y la participación en alianzas políticas.

Los candidatos en circunscripciones mayores de 10.000 electores están en la obligación de depositar todas las contribuciones privadas que reciban y los aportes que hagan de sus propios recursos para sus campañas, en una cuenta única de campaña en el Banco Nacional de Panamá o en la Caja de Ahorros. Todos los gastos deberán pagarse de dicha cuenta.

El financiamiento privado no podrá ser utilizado para actividades que no están establecidas en la norma electoral

Para el registro de sus ingresos y gastos de campaña, los partidos políticos están obligados a contratar servicios de un contador público autorizado, y registrarlo en la Dirección de Fiscalización de Financiamiento Político del TE.

La campaña electoral para las elecciones del 5 de mayo de 2024 empieza el sábado 3 de febrero de 2024 y termina el jueves 2 de mayo del mismo año.

El 5 de febrero es el último día para la publicación del padrón electoral final en el Boletín Electoral que incluye la lista final de electores inscritos.

Las nóminas presidenciales podrán financiar con recursos donados o propios hasta $10 millones.
Con ese dinero pagarán movilización, combustible, hospedaje, activistas, caravanas.
Según establece el Decreto No. 55 del 21 de diciembre de 2023, publicado en el Boletín del Tribunal Electoral.
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