Asamblea aprueba en tercer debate impuesto de inmuebles

Actualizado
  • 19/09/2017 02:00
Creado
  • 19/09/2017 02:00
El impuesto de inmuebles se reduce por ley, la nueva norma empezará a regir en 2019.

Tras dos horas de sesión, el pleno de la Asamblea Nacional aprobó anoche, a golpe de curul, el proyecto de ley 509, que establece el cobro del impuesto de inmuebles, así como el régimen de exoneraciones y rebajas en la tasa impositiva que se establecen en el bien inmueble, que rige desde hace años en el Código Fiscal.

En el tercer debate, diputados de diferentes bancadas discutieron la convenencia o no de la aprobación del proyecto de ley, que fue presentado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

DATOS DEL PROYECTO

La moratoria será hasta el 31 de diciembre

MORATORIA

Se concede un periodo de moratoria para el pago de las multas, recargos, intereses a favor de todo contribuyente del impuesto de inmueble, incluidas las mejoras.

La Asamblea Nacional deberá remitir el proyecto de ley para la firma del presidente de la República, Juan Carlos Varela .

En primer debate, el proyecto de ley fue llevado a consulta pública, en la que participaron más de cien personas.

Inicialmente, la propuesta no fue aprobada y fue modificada por los diputados.

Esta norma dispone la exención del pago de impuesto de inmueble, a partir del año 2019, de los bienes inmuebles cuya base imponible, compuesta por terreno y construcción, incluidas las mejoras adicionales a la construcción original, que no excedan de un valor catastral $120,000 y constituya, entre los bienes inmuebles del propietario, el patrimonio familiar tributario o la vivienda principal.

Las residencias cuyo costo esté entre $120,001 y $700,000 pagarán 0.5%. Después de los $700,000, pagarán 0.7%

Las viviendas principales cuyo costo sea inferior a los $120,000 serán exoneradas del pago del impuesto. El monto exonerado será revisado cada cinco años.

En el caso de las segundas residencias, propiedades comerciales e industriales que estén entre $30,000 y $250,000, pagarán 0.6%. Por encima de los $250,000 hasta los $500,000, pagarán un 0.8%. De $500,000 en adelante, se pagará un 1%.

Los diputados aprobaron, además, una moratoria que estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2017, para el pago del impuesto.

En la sustentación del proyecto de ley 509, la diputada presidenta de la Comisión de Economía y Finanzas, Dana Castañeda, destacó que uno de los tantos logros fue agregar un concepto nuevo en la redacción sobre la vivienda principal.

Recordó que no se crea ningún tributo, debido a que el impuesto sobre la renta nace mediante la Ley 8 de 1956, que se le otorga a las mejoras, a los bienes y el terreno.

Dijo que con la introducción del nuevo concepto, ahora la norma también cubre a aquellas personas de la tercera edad, a los viudos, a los que no tienen hijos dentro de un matrimonio.

También enfatiza que no habrá reavalúos oficiosos, por lo menos hasta el 2024. El proyecto abarca no solo a la primera, sino la segunda vivienda.

EMPRESARIOS MUESTRAN SU APOYO

Los cambios aprobados con la incorporación de las propuestas del Consejo Nacional de la Empresa Privada (CoNEP) demuestran que el trabajo conjunto entre el MEF, la Asamblea Nacional y el CoNEP es una prueba evidente de cómo las alianzas publico-privadas son efectivas para el tratamiento de los grande temas nacionales en beneficio de todo el país.

Con este ejemplo real, el CoNEP resalta aquellos cambios propuestos que fueron incorporados en el proyecto de ley 509: se amplía el concepto de patrimonio familiar tributario al incluir la vivienda principal, evitando discriminación y permitiendo que cualquier ciudadano, independientemente de su estado civil, pueda acceder a la nueva tasa de impuesto de bien inmueble. Se reduce sustancialmente el impuesto de inmueble para todas las propiedades.

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