Interponen hábeas data contra el nuevo director de Pandeportes

Actualizado
  • 21/06/2021 10:47
Creado
  • 21/06/2021 10:47
Prodeportes presentó el recurso ante la Corte Suprema de Justicia, tras no recibirse el listado de todas las organizaciones deportivas reconocidas por esta institución que se ha solicitado en reiteradas ocasiones

Un recurso de hábeas data contra Pandeportes, ante la Corte Suprema de Justicia, interpuso la Coalición Panameña Prodeportes a través de su coordinador Roberto Chockee.

Mediante un comunicado, Prodeportes informó que  había solicitado a Pandeportes el listado de todas las organizaciones deportivas reconocidas por esta institución en una primera petición, estando bajo el mando del director general, Eduardo Cerda, y en una reciente reiteración, bajo el nuevo director general, Héctor Brands.

Señaló que el departamento legal de Pandeportes ha enviado una serie de correos electrónicos, sin embargo, la información "no es completa", por lo que al cumplir el término para la entrega de esa información,  el pasado 14 de junio de 2021, presentó el recurso de hábeas data contra el nuevo director general y ex-diputado Brands.

Indicó que la directora general Elsa Fernández de la Autoridad de Transparencia y Acceso a la Información (Antai) también fue notificada para impulsar esta solicitud de información.

La coalición panameña Prodeportes es un movimiento que vela por el derecho a la actividad física, educación, recreación y el deporte como instrumento de desarrollo social e integral.

La acción de hábeas data y otras disposiciones, que dicta normas para la transparencia en la gestión pública, está establecida en la Ley 6 del 2002, en su Capítulo VI, sobre sanciones y responsabilidades personales de los funcionarios.

“El funcionario requerido por el Tribunal que conoce del recurso de hábeas data, que incumpla con la obligación de suministrar la información incurrirá en desacato y será sancionado con multa mínima equivalente al doble del salario mensual que devenga. En caso de reincidencia, el funcionario será sancionado con la destitución del cargo”, dictamina la citada ley en su artículo 20. 

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