La Ley 50 creó el ‘cáncer' de nuestro deporte

Actualizado
  • 21/05/2017 02:00
Creado
  • 21/05/2017 02:00
Si no se corrige los errores, de nada servirá los ‘parches' en la Resolución 11-2017 C.N de 5 de mayo 2017

Tengo mis dudas de que la generación del relevo de la comunicación deportiva, ya sea escrita, radial, por TV, WhasApp, etc., conocen el papel que jugó el General Retirado Rubén Darío Paredes, entonces Coronel, en el desarrollo del deporte en el país. A diferencia de los ‘policías' del presente, en donde un número apreciable de los más altos mandos se caracterizan por su protuberancia estomacal, los militares de la Fuerza de Defensa en su mayoría, y mencionó al Coronel Paredes, Florencia Flores, Manuel A. Noriega, etc. practicaban un deporte. Paredes era el Alto Comisionado del Deporte. A raíz del éxito total y entusiasmo a nivel nacional, de los XI JCA y del Caribe, celebrados en Panamá del 28 de febrero al 13 de marzo de 1970, con un Comité Olímpico y Comité Organizador integrado por panameños de una solvencia ética, moral y transparencia incuestionable, sin el signo del ‘$' como su estandarte, motivó al General Omar Torrijos a crear el INCUDE el 2 de junio de 1970, para el crecimiento y desarrollo del deporte.

Por el entusiasmo del momento, se incurrió en un error involuntario de no establecer reglas claras del principio de autoridad, y así fue introducido la política y la lucha por el poder. Esto molestó al General Torrijos, e ipso facto, comisionó al Coronel Paredes a nombrar una Comisión integrada por los diferentes sectores involucrados en el deporte, para hacer una nueva ley deportiva, para rescatar el objetivo con que fue creado el INCUDE. Como conocedor del deporte olímpico, fui invitado por el Coronel Paredes a participar en representación del periodismo deportivo. Entre los miembros estaban el Magistrado Oyden Ortega, el Profesor Oscar Rendoll Gómez, vocero de la Universidad de Panamá, Carlos ‘Pepe' Vásquez, presidente del COP, 2 profesores del Meduca, Luis ‘Curro' Testa del INDE , etc.

Se hizo una reestructuración total, no en ‘petit comité' como funciona todo ahora, sino aprobado por mayoría de los participantes. El General Paredes convocó una reunión en el entonces Club de Clases y Tropa, y personalmente explicó el contenido de la nueva ley, y respondió a todas las preguntas. El General Torrijos quedó complacido, y estaba por aprobarlo. No obstante, el 2° en mando el Coronel Rodrigo ‘Botita' García, que por ironía en 1974 fue presidente del COP, le aconsejó que lo aguantara, y con los cambios todo quedó archivado. El 17 de junio de 1980, se creó el Decreto N° 112, por el cual se reglamenta el Deporte Aficionado-Post-Escolar en la República de Panamá. El ‘arquitecto' del mismo era el abogado Olmedo ‘Monón' Cedeño, un conocedor de la problemática deportiva del país y dirigente deportivo, (presidió la Fepaba). Incorporó algunos puntos del Proyecto de Ley que no entró a regir.

Ejemplo. El Punto D del Artículo 8º decía. Para ser miembro de la Junta Directiva de una Federación Nacional, ‘'Tener por lo menos cinco (5) años de experiencia en el deporte aficionado, tanto en calidad de atleta como de dirigente u oficial'. El Punto D del Artículo 21: ‘Para ser miembro de la Junta Directiva de una Liga Provincial: ‘Tener por lo menos tres (3) años de experiencia en el deporte aficionado en calidad de atleta, dirigente u oficial' Punto E. ‘No haber logrado status de ‘Profesional' en deporte alguno, de acuerdo a las normas internacionales establecidas'. Artículo 28 Punto D. ‘Para ser miembro de la Junta Directiva Distritorial. ‘Tener un mínimo de dos (2) años de experiencia en el deporte aficionado en calidad de atleta, dirigente u oficial'. Tampoco tener el estatutos de profesional'.

Todo esto el nefasto Ramón Cardoze DG del INDE/Pandeportes, con el padrinazgo de Martín Torrijos, presidente de la República, lo echó a una letrina y haló la cadena. El Punto 4 del Artículo 11 de la Ley 50 del 2007 que rige el deporte, (Para ser Director General se requiere). ‘Tener conocimientos en aspectos deportivos o de administración'. Artículo 16, del Decreto Ejecutivo 599 de diciembre de 2008, que reglamenta la Ley N° 50, (Para ser miembro de la JD de una Federación o Asociación Deportiva Nacional se requiere). Punto 2. ‘Tener conocimientos en aspectos deportivos o de administración'. Allí fue donde comenzó a formarse ese ‘cáncer' del deporte, ahora con viso de terminal. No está a la vista la quimioterapia que es el uso de fármacos para destruir las células cancerosas. (Continuará).

COCTEL DEPORTIVO

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