¿Estatutos de la Odecabe. vs oferta de Gran Bretaña?

Actualizado
  • 01/03/2019 01:00
Creado
  • 01/03/2019 01:00
Ningún artículo faculta al Gobierno de Gran Bretaña a organizar los XXIV JCC, 2022

En el sumario de mi escrito del jueves 28 de febrero 2019 leía: ‘Un Comité Organizador digno manejó los XI JCC de 1970. Los de COPAN 2022, piensan en los $ que le pueda tocar'. Esto obedeció a que hice un viaje imaginario al pasado, para recordar que, a diferencia del presente, las personas de una solvencia ética y moral que estaban vinculadas al deporte competitivo, y lo que motivaron pedir la sede de los XI Juegos Centroamericanos y del Caribe, celebrados en mi siempre querido Panamá con todos sus defectos, del 28 de febrero al 13 de marzo de 1970.

Un grupo de ciudadanos amantes del deporte comenzaron a observar la necesidad urgente de construir nuevas instalaciones deportivas para una ciudad cuya población iba en aumento, y construir las que necesitaban otros deportes como ciclismo, tiro, fútbol, etc., así como propiciar una completa reorganización del deporte, por lo que se necesitaba el aporte económico del Gobierno Nacional para convertir en realidad estos objetivos.

El COP presidido por Aníbal Illueca Sibauste, un prestigioso abogado de una solvencia ética y moral intachable, y el grupo que lo rodeaba como Luis Francisco ‘Pancho' Hurtado, Rafael Barranco y Luis ‘Bombito' Romero, a partir de los IX JCC, Kingston, Jamaica, nació la inquietud de solicitar la sede de los XI JCC de 1970. Nombraron una Comisión Pro-Sede, presidida por Roberto F. Chiari, expresidente del país y también expresidente del COP, y representantes de todos los sectores públicos y privados. Con la Res. N° 23 de 15 de marzo de 1966, firmada por Eric Peng, Pres. del Consejo Municipal, y Everardo Tomilson, su ‘Sec., lograron el apoyo del Concejo. También lograron el respaldo de la Comisión Legislativa Permanente de la Asamblea Nacional (Res. N°2, 24 de marzo de 1966, firmada por el Presidente, Raúl ‘Baby' Arango. El 24 de marzo de 1966, Roberto F. Chiari, Pres. de la Comisión Pro-Sede de los XI JCC, informando que el Prof. Rigoberto Paredes, Ministro de Educación, instaló el Comité Pro-Sede de los XI JCC, en ceremonia que tuvo lugar en la Cervecería Nacional, con asistencia del COP, las Fed. Deportivas Nacionales, y representantes de la prensa y TV.

La JD: Pres. Roberto Chiari, 1er. VP, Alfredo Alemán, 2do. VP, Guillermo Ford, ‘SG', Raúl ‘Baby' Arango, ‘SSG', Azael Vargas. Tesorero Jorge T. Velásquez. ‘ST' Rodolfo García de Paredes. Vocales. Cor. Bolívar Vallarino, Laurentino Jaén Ocaña, Alberto De León, y Carlos Eleta.

Con el Decreto N° 104 de 25 de marzo de 1966, el Presidente de la República, Marcos A. Robles, hizo lo que aún no ha hecho el Pres. Juan Carlos Varela, acorde con el Artículo 40 de los Estatutos de la Odecabe, la autorización para que Panamá fuese sede de estos Juegos.

Es vergonzoso que un ilustre improvisado en lo que es el Deporte Olímpico, llamado Luis Gaspar Crespo, sacado del ánfora de la dedocracia como ‘VP' del fantasma que llaman COPAN 2022, sin conocer los Estatutos de Odepa, al escuchar de boca de ‘SE', Damián Andrew Potter, Embajador de Gran Bretaña en Panamá, tiene un presupuesto de $5,000 millones de USD$, etc. para apoyar la celebración de los 24° JCC 2022; agradeció el apoyo, pero advirtió que ‘debe actuarse con rapidez, reconociendo que hay atraso en los preparativos para las competencias; sin embargo, Panamá ahora tiene ‘una buena oportunidad' para demostrar su capacidad, (no lo ha podido hacer con más de 2 años de haber obtenido la sede), en la organización de eventos de gran importancia internacional en el deporte'. Al traicionar a su primo, y Pres. de la Rep. ‘JCV', con ésta oferta de $5,000 millones de USD$, y siendo Tesorero de la Odecabe, Camilo Amado, Jefe del COP, se puso su ‘Toga de Judas', y según mis pesquisas, se le ha pegado a Raúl Cortizo como ‘Crazy-Glue', por si acaso Nito Cortizo del PRD, gane la presidencia, el domingo 5 de mayo de 2019. Artículo 4 de los Estatutos de Odecabe: Propósito y Objetivo). Punto e). ‘Asegurar la celebración periódica de los JCC, vigilando que su organización esté de acuerdo con lo establecido en su Estatuto y Reglamento y de acuerdo a lo dispuesto en la Carta Olímpica'. En cuando a los 24° JCC 2022, se hizo en Feb. de 2017. Art.15, Gob. y Administración: ‘Odecabe tiene como órgano de gobierno, en orden jerárquico. A) La Asamblea, b) ‘CE', y al Pres. del ‘CE'. Art. 29, Punto h). ‘En caso de que el ‘CO' no cumpla con las reglas del COI o con las disposiciones del presente estatuto, con los acuerdos, etc., el ‘CE' inclusive de suspender o trasladar los Juegos'. Es en mi opinión, indica que el Gobierno de Gran Bretaña, por intermedio de su Embajador en Panamá, no puede tomar la organización de estos Juegos.

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