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Actualizado
- 09/08/2010 02:00
Creado
- 09/08/2010 02:00
PANAMÁ. La junta directiva del Banco Hipotecario Nacional aprobó que a los prestatarios que han realizado pagos en concepto de ocupación...
PANAMÁ. La junta directiva del Banco Hipotecario Nacional aprobó que a los prestatarios que han realizado pagos en concepto de ocupación provisional se les reconozcan como abono aplicable a la obligación a financiar todas las sumas pagadas desde el séptimo mes de estar efectuando dichos pagos, siempre y cuando el retraso de la legalización no sea por causa imputable al prestatario.
La gerencia general podrá autorizar que el monto a establecerse para ser facturado, sea el que resulte del primer avalúo de la propiedad, es decir, el que exista al momento de ser ocupado el bien, y no el de los avalúos posteriores a la ocupación del bien.
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