Mejoran oferta de pensiones
PANAMÁ. Los afiliados al SIACAP ahora podrán elegir cada 12 meses la administradora de inversiones en la que desean participar, según un...
PANAMÁ. Los afiliados al SIACAP ahora podrán elegir cada 12 meses la administradora de inversiones en la que desean participar, según una sentencia de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral de la Corte Suprema de Justicia emitida el pasado jueves.
La sentencia declara parcialmente ilegal la Resolución 18 de septiembre de 2005, la cual solo establece la distribución de los afiliados ante las administradoras de inversiones cada 24 meses por partes iguales.
Con la sentencia se modifica lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo 17 de febrero de 2003, que establece que durante los primeros 24 meses de vigencia de los contratos de servicios que se suscriban en el inicio de operaciones del SIACAP, se distribuirán igualmente los afiliados, pero que al término de este período, los funcionarios podrán escoger, una vez cada 12 meses, la administradora de inversiones de su preferencia.
Juan Pastor, gerente general de Progreso, elogió el dictamen, ya que en esencia contiene la intensión inicial del sistema, pues ahora cada empresa —de las tres que existen— tendrá que mercadearse para aumentar su participación en el negocio.
En su página en internet, el SIACAP revela que al 31 de agosto las administradoras de inversiones en el sistema son la Caja de Seguro Social, cuya carpeta de inversiones ascendió a $185.86 millones; seguida del HSBC, con $198.97 millones y finalmente Progreso, con $200.60 millones.
Al octavo mes de 2010, el Sistema de Ahorros y Capitalización de Pensiones alcanzó un total de $645.5 millones, con un rendimiento acumulado desde julio de 2000 de 8.1%.
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