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- 30/03/2016 10:12
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El pleno de la Asamblea Nacional aprobó en tercer debate el Proyecto de Ley No. 191, que adiciona el artículo 36-A a la Ley 45 de 2007, que dicta normas de protección al consumidor y defensa de la competencia y otra disposición.
Dicho artículo establece que el proveedor frente al consumidor está obligado, entre otros aspectos, a recibir las monedas o billetes de cualquier denominación de curso legal en la República de Panamá.
La diputada Nubia de De Icaza aseguró que el proyecto de ley está destinado al consumidor que se encuentra hastiado de vivir siempre en la penuria de firmar documentos cada vez que presente dinero de denominaciones de 50 y 100 dólares.
En la actualidad, los comercios poseen personas altamente entrenadas y mecanismos tecnológicos para realizar las verificaciones pertinentes al caso, y que muchos de estos dineros son provenientes de los bancos establecidos en el país, por lo que se hace muy difícil que personas traten de introducir dinero falso en los establecimientos comerciales.
El proyecto se origina para hacerle frente a la negativa de parte de establecimientos comerciales y agentes económicos de no recibir o rechazar monedas de ciertas denominaciones.