Fondo Especial de Compensación de Intereses

Actualizado
  • 19/04/2018 02:00
Creado
  • 19/04/2018 02:00
El probable colapso del programa no es producto de la ley aprobada, sino de su histórica distorsión

Las leyes deben cumplir una serie de principios, entre ellos los de universalidad, solidaridad y equidad y que, desde luego, tengan trascendencia. Cuando se aprobó la Ley 20 de 9 de julio de 1980, que estableció el Sistema de Intereses Preferenciales al Sector Agropecuario, se cumplía con el principio de universalidad, porque se aplicaba a todos los préstamos del sector agropecuario. La solidaridad estaba expresada porque se transfería recursos de aquellos que tenían la capacidad de hacer préstamos mayores a B/.5,000.00 a productores pequeños, y equidad en cuanto posibilitaba que los sectores de menos recursos se integrasen a los procesos productivos.

En aquella época, la Comisión Bancaria Nacional, actual Superintendencia de Bancos, manejaba el 100% de este fondo. Mediante la Ley 4 de 1994 que subroga la ley anterior, se introduce una reforma, donde se prestigiaba a los préstamos al sector agropecuario calificado, lo cual contradice el principio de universalidad, ya el fondo no es para todo el sector agropecuario, por supuesto, no se cumple con la solidaridad y la equidad, porque estaría dándose un proceso de reversión, donde estaríamos transfiriendo recursos de los que más tienen a los que menos tienen. Si como un profesional que vivo de mi salario, hago un préstamos de más de B/.5,000.00, estaré transfiriendo recursos a un productor que se beneficia de estas tasas de interés preferencial y tiene una plantación agrícola de cientos de hectáreas.

La Ley 28 de 1995 introduce unas reformas, que le asigna al Banco de Desarrollo Agropecuario el 50% y al FECI el 50%. Estas reformas se justificaban, porque el FECI sólo atendía al sector agropecuario calificado, con esta asignación al BDA podría atender a los pequeños productores agropecuarios y dentro de este contexto, el fondo estaba dentro del sector agropecuario.

Con la Ley 49 de 2009, se crea una distorsión cuando se asigna al Tesoro Nacional el 50%, se reduce el FECI a un 25% y el BDA a 25%. Es lógico que a partir de ese momento, el FECI comience a tener una tendencia deficitaria, que lo obliga a usar su reserva técnica. Porque el probable colapso del FECI, no es producto de la ley actual aprobada por insistencia por la Asamblea Nacional.

La Ley 15 de 2015 mantiene el mismo aporte al Tesoro Nacional, se reduce el aporte al BDA a un 12.5%, por primera vez se le asigna un 12.5% al MIDA, el FECI se disminuye a un 20% y se le asigna al ISA un 5%.

La ley actual aprobada por insistencia por la Asamblea Nacional lo que pretende es corregir una inequidad, al disminuirle los aportes al Tesoro Nacional a un 30% y el 70% lo distribuye en el sector agropecuario, entre ellos hay que resaltar que se apoya al Banco de Desarrollo Agropecuario, al asignarle un 33% y se asigna un 5% para un programa de becas y préstamos, porque estamos próximos a que los técnicos del sector agropecuario desaparezcan

Le corresponde al Estado, como solidario de la implementación de políticas públicas, subsanar las injusticias que se han cometido con el sector agropecuario, porque la tendencia correcta hubiese sido que en la misma medida que se robustecía al sector servicios y de comercio, en esa misma proporción creciera el sector agropecuario.

DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA OTEIMA

Lo Nuevo
comments powered by Disqus