Panamá se blinda con código tributario, ante presiones de UE

Actualizado
  • 18/02/2019 01:00
Creado
  • 18/02/2019 01:00
Mientras el Istmo accede a más exigencias del GAFI para evitar ser considerado como país poco cooperador, la Comisión Europea anuncia su inclusión en una lista ‘poco confiable'

Luego de más de seis décadas de intento y en medio de la propuesta de inclusión de Panamá en la lista de jurisdicciones de alto riesgo de la Comisión Europea, el Istmo dispone de la Ley 76 de 2019, que aprueba el Código de Procedimiento Tributario, en cumplimiento con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

El documento de 126 páginas fue publicado en la Gaceta Oficial 28714-B, el 14 de febrero de 2019, y establece los procedimientos y las fechas mediante los cuales los contribuyentes pueden hacer valer sus derechos, en un ambiente ágil, en atención a sus reclamos, con la creación de jueces y arbitrajes.

Se trata de la reforma tributaria más importante en la historia del país y regirá a partir del 1 de enero de 2020, a excepción del artículo 65, el numeral 3 del artículo 88, los artículos 127, 128, 208, 259, 262, 273, 284, 285, 286, 287, 288, y el numeral 11 del artículo 324, que entrará en vigencia tras tres meses de ser promulgada.

La nueva normativa representa la segunda oportunidad en la República (el primer intento fue en 1996) de contar con un código que recoja las normas y reglas para un Estado de derecho y respetuoso de los contribuyentes, apuntó la ministra de Economía y Finanzas, Eyda Varela de Chinchilla.

‘Todos los países de la región se han caracterizado por adoptar las buenas prácticas de la relación fisco-contribuyentes, resaltando los derechos y garantías de los contribuyentes en atención a dos principios fundamentales: la igualdad y el principio de seguridad jurídica, sin limitar las facultades y potestades de la Administración Tributaria, representada en la DGI', describió Varela de Chinchilla.

Este código regulará la relación ‘fisco-contribuyente' a razón de la aplicación de los tributos. Tal como indica el artículo 1180 del Código Fiscal, a los de asuntos de carácter fiscal (no tributarios), se les seguirá aplicando el Procedimiento Fiscal Ordinario del Código Fiscal.

PROCESO

Durante su discusión en la Asamblea Nacional se conoció que el entonces proyecto de ley 692 tuvo más de 40 modificaciones y ahora cuenta con tres artículos nuevos.

Uno de los temas que generó suspicacias entre los diversos actores es la posibilidad de que el código se preste para que los gobiernos de turno lo utilicen como un instrumento de persecución política; debido a ello, una de las modificaciones prohíbe al Director General de Ingresos (DGI) presentar algún tipo de denuncia y que la acción sea considerada ante el Tribunal Administrativo Tributario.

EL REGULADOR BANCARIO

Luego de que la semana pasada la Comisión Europea anunciara la inclusión del Istmo en una lista discriminatoria, el superintendente de Bancos de Panamá, Ricardo Fernández, desestimó todas las acciones de este grupo.

‘Hoy contamos con cinco corresponsalías bancarias europeas grandes e igual cantidad de chicas, y me han manifestado que reconocen los esfuerzos que estamos haciendo', comentó.

Fernández recordó que Panamá estuvo en la lista ‘gris' de GAFI por un año, y que gracias al reconocimiento de los esfuerzos salió rápidamente. ‘Ahora el reto que tenemos es demostrar efectividad', indicó.

Y es que el riesgo de que el país vuelva a una lista sancionatoria del GAFI preocupa a Fernández, quien espera que ‘estemos a tiempo y que los esfuerzos de Panamá sean rescatables. Quizás no tengamos la forma de demostrar resultados, pero ya fue sancionada por el presidente y entra el 2 de marzo'.

‘Quedarse de último sí tiene un precio. Todos los países de América Latina tenían una ley de penalización de evasión fiscal. Todos los centros bancarios internacionales a los que queremos parecernos ya la tienen; además de que pagar los impuestos y hacer justicia de pago de impuestos es bueno para todos y que no haya ningún tipo de discriminación', puntualizó.

Entre las adecuaciones realizadas, el representante de la Superintendencia destacó ‘el nuevo y fortalecido marco legal, las 14 regulaciones nuevas, el fortalecimiento de la Unidad de Análisis Financiero, las nuevas entidades y áreas enfocadas en contra del blanqueo de capitales'.

Desde la Superintendencia se han registrado más de 150 auditorías de acuerdo al marco legal nuevo; con una fuerza laboral incrementada en un 300%, personal con más de ocho mil horas de capacitación, al igual que los nuevos sujetos regulados, entre otras acciones más. ‘Cuando ingresamos a la lista ‘gris' del GAFI perdimos 74 corresponsalías bancarias; en la actualidad recuperamos 82 y tenemos otras 12 corresponsalías en proceso de establecerse y ampliar facilidades de sus servicios', expresó.

Por su parte, Marco Fernández, economista de la consultora Indesa Panamá, manifestó que la aparición de Panamá en una lista europea es totalmente ‘injusta', y ‘no' refleja los esfuerzos nacionales. ‘No nos interesa como país estar en esa lista; y no nos interesa como sociedad el lavado de dinero. No somos amigos de la delincuencia internacional', enfatizó.

Para Fernández, quien participó en el Primer Congreso Bancario Internacional para Reguladores y Banqueros, la semana pasada se dieron tres temas que podrían ‘afectar' la economía panameña: el brexit , el conflicto comercial de China y Estados Unidos y la lista discriminatoria europea. ‘Ahora le corresponde a los analistas entender de qué se trata e introducir su efectos en la economía, y de parte de las autoridades identificar qué mecanismos debe sostener o aguantar cualquier golpe externo, para que la senda del crecimiento que ha tenido Panamá se mantenga', argumentó.

‘La gran conclusión es que Panamá tiene las condiciones fundamentales para aguantar unos golpes externo, lo que catalogo como hipos y no neumonías, por la incertidumbre de temas importantes que no son ajenos y que sí influyen sobre el progreso económico del país a corto plazo', sentenció el economista.

Pese a los avances normativos, Panamá sigue como una de las jurisdicciones con un desarrollo acelerado de su economía, con lo que se expone a mayores exigencias de los organismos internacionales.

Para este año, el Fondo Monetario Internacional proyecta que la economía crecerá 6.0%, mientras que Fernández, de Indesa, fue más conservador y proyecta que en 2019 el país logrará un 5%, luego de un 2018 afectado por la huelga y otros factores que le llevaron a un 4%.

El economista desestimó que la inclusión en la lista discriminatoria de la Comisión Europea afecte la inversión extranjera, ‘los que conocen las ventajas de Panamá saben que estar en las listas son temas políticos, no de negocios, así que seguirán llegando'.

MEF DETALLA BENEFICIOS DEL CÓDIGO MODIFICADO

Debido a que por primera vez en Panamá se resaltarán los derechos, garantías y beneficios a los contribuyentes, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aportó detalles de la Ley 76 de 2019, que permitirá una clasificación de tipos de tributos, así como la compensación a proveedores del Estado deudores del fisco y pendientes de pagos al Gobierno.

Entre los beneficios para los contribuyentes destacan que los créditos líquidos podrán ser cedidos entre contribuyentes; establece la prescripción de oficio a los cinco años en los impuestos directos nacionales y a los doce años en los impuestos indirectos nacionales.

La prescripción de oficio permitirá el saneamiento de las cuentas corrientes de los contribuyentes, con las deudas tributarias justas y cobrables.

De acuerdo con lo establecido en este código, se acelerará el proceso de retribución a los contribuyentes, en el caso de que la Dirección General de Ingresos rebase el año en el trámite, generando intereses a favor del contribuyente.

Mientras que para cumplir con la seguridad jurídica de los inversionistas, la normativa indica que se impondrán efectos vinculantes a las opiniones de las consultas tributarias.

Con relación a las multas, el código permitirá anular las multas que no son responsabilidad del contribuyente, mediante causales eximentes de responsabilidad, aportando objetividad y celeridad para resolver los recursos de reconsideración que se presentarán ante los jueces administrativos tributarios adscritos a la Dirección General Ingresos.

El MEF destacó que adoptarán los medios alternativos de solución de conflictos, como el Arbitraje Tributario, por ejemplo, una vez agotada la vía gubernativa. Asimismo, se crea el Defensor del Contribuyente, como institución para defender los derechos de los contribuyentes; es decir, para casos como transferencia, tratados de doble tributación y liquidaciones adicionales por arriba de $100 mil.

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