El equilibrio entre consumidores y agentes económicos

Actualizado
  • 15/06/2020 00:00
Creado
  • 15/06/2020 00:00
Antes de la pandemia, insistimos que los consumidores debían realizar varios cambios de hábitos, entre estos, el ahorro, el reciclaje de los desechos, el consumo basado en la información clara del producto, educarnos en nuestros derechos y ser vigilantes, entre otros.

Antes de la pandemia, insistimos que los consumidores debían realizar varios cambios de hábitos, entre estos, el ahorro, el reciclaje de los desechos, el consumo basado en la información clara del producto, educarnos en nuestros derechos y ser vigilantes, entre otros.

Sin embargo, el nuevo coronavirus nos planteó el ejercicio de varios hábitos impuestos o ya incorporados en nuestra familia, con el cual practicamos el consumo responsable y razonable, el cuidado del ambiente, la economía familiar; la seguridad y calidad de los productos, en fin, la exigencia de nuestros derechos en cuanto a un aspecto vital: el consumo versus la disposición de bienes para satisfacerlos, enfrentándonos al derecho de elegir y contar con bienes suficientes que no comprometan nuestra salud y la vida.

Tanto es así, que ahora volvimos a adquirir bienes y servicios de una manera que estaba desapareciendo en algunos lugares del país, donde vendedores de sábanas, perfumes y muebles iban de casa en casa, lo que fue reemplazado por la visita del consumidor directamente a las tiendas, atraídos por la publicidad y la exposición de sus mercancías en elegantes góndolas que por motivos de salud no se permite. Ahora vienen a las casas, como la “tiendita rodante” con insumos de primera necesidad, así como el mercado agrícola y otras ofertas.

Otra forma de adquirir bienes es a través de la virtualidad. De hecho, Panamá ya estaba presentando interesantes índices de confianza en el consumo a través del comercio electrónico; al respecto, recomendamos que utilicen el internet para confirmar si el proveedor que le vende en línea posee aviso de operación para reclamar a su representante legalmente constituido si hubiera a futuro una reclamación, ya que muchas personas a título particular están vendiendo productos y servicios sin contar con permiso para ello. En este escenario, probar una relación de consumo se dificulta y la situación planteada sugiere que lo que existe es una relación meramente civil, con lo cual, como consumidor sale del marco de protección. No olvidemos, por tanto, que debemos estar alerta como consumidores vigilantes.

Y para proteger al consumidor, una vez decretado el estado de emergencia, con la finalidad de evitar la especulación de los precios y asegurar el acceso a productos de aseo personal y limpieza, el Estado estableció mediante el Decreto Ejecutivo No. 114 del 13 de marzo de 2020, el margen bruto máximo de venta en toda la cadena de comercialización en la república de Panamá de productos de higiene personal (gel alcoholado, jabón antibacterial, mascarillas y otros.) y que fue modificado mediante el Decreto Ejecutivo No. 152 de 13 de mayo de 2020.

Ante esto, colateralmente, los agentes económicos, aprovechando la necesidad de ofertar al consumidor bienes y servicios vitales, tuvieron un comportamiento sensitivo en medio de la situación que es importante destacar; por incumplimiento de dicha normativa se impuso hasta el 8 de junio de 2020 la suma de $40,250.00 en multas de primera instancia. Además, otros agentes económicos infringieron en distintas faltas, como vender tanque de gas bajo peso, falta de precios a la vista, incumplimiento del decreto ejecutivo del control de precios, entre otras irregularidades.

Finalmente, los agentes económicos no deben olvidar que de su comportamiento con el consumidor depende mantener el éxito en sus ventas y la confianza de los consumidores, por lo que exhortamos el cumplimiento de las normas de protección al consumidor y mantener una conducta conciliadora en sus reclamaciones, siendo solidarios y empáticos; así conservarán su credibilidad en el mercado.

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