Amplían denuncia contra la empresa Sea Energy, Inc., por arriesgar el ambiente marino

Actualizado
  • 22/06/2022 00:00
Creado
  • 22/06/2022 00:00
El abogado ambientalista, Harley James Mitchell Morán, ha presentado denuncia penal contra la empresa Sea Energy Shipping, INC. , por haber puesto en riesgo el ambiente marino a través de su pobre gestión de la barcaza de combustible denominada Sea Lion.
Vista aérea de la isla de Taboga.

El abogado ambientalista, Harley James Mitchell Morán, ha presentado denuncia penal contra la empresa Sea Energy Shipping, INC., por haber puesto en riesgo el ambiente marino a través de su pobre gestión de la barcaza de combustible denominada Sea Lion.

La denuncia penal, se apoya en documentos de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) que corroboran que la nave presentaba múltiples irregularidades, que comprenden escapes de aceites, combustible y aguas residuales, mal manejo de sentinas e ignorar repetidas veces los manuales que corresponden a la prevención de incendios y accidentes. Los servidores públicos contemplaron el paulatino deterioro de la nave, la cual se encontraba autorizada apenas desde el año 2018, para el servicio de transporte y suministro de combustible.

Personal del Departamento de Prevención y Control de Contaminación de la AMP.

Ya para el año, 2021, después de un derrame en las aguas del canal de Panamá, a mediados de 2020 y colocar en peligro las costas de la isla de Taboga en 2021, los propios funcionarios de AMP señalaban: “En la condición que esta nave representa un peligro para la navegación y el medio ambiente marino por lo cual recomendamos que la nave vaya a dique lo más pronto posible o sea removida a un área especial descargando todos residuos de hidrocarburos que hay a bordo”.

El abogado señala que: “Sin perjuicio de la responsabilidad de los dueños de la licencia respectiva, la omisión de los servidores públicos en tomar medidas punitivas contra la empresa Sea Energy Shipping, INC., no es sólo sospechosa, sino contraria a derecho, puesto que no se concibe cómo una nave es considerada “apta” para ofrecer el servicio de despacho de combustible y escasos años después, los mismos funcionarios advierten que esa misma nave, es un peligro para la navegación y el ambiente”.

El artículo 402 del Código Penal señala que quien, sin la autorización de la autoridad competente o en incumplimiento de las normas aplicables al efecto, maneje, deposite, comercialice, transporte o disponga aguas residuales, desechos o residuos sólidos, líquidos o gaseosos será sancionado con prisión de cuatro a ocho años, con agravantes de acuerdo a sus riesgos específicos.

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