El primer recorrido de prueba del monorriel, desde Patio y Talleres hasta Ciudad del Futuro, se registró la tarde del lunes 13 de abril, con esta prueba...
- 20/04/2026 00:00
La semana pasada se dio un paro de servicio de delivery de la empresa PedidosYa. Estamos hablando de los motorizados que, a través de una plataforma de intermediación, brindan sus servicios de manera individual como un servicio profesional a diferentes restaurantes o personas que necesiten mensajería. Es decir, un usuario hace un pedido a través de la plataforma —ya sea directamente en PedidosYa o incluso a través de un restaurante— y la entrega la realiza un motorizado que opera dentro de ese ecosistema. Aquí hay que hacer una precisión importante: estas personas no son asalariadas. No estamos ante una relación laboral tradicional. Son personas que prestan un servicio profesional, y en su gran mayoría son extranjeras. Es decir, personas que carecen de permiso de trabajo y de acceso a un empleo formal y que, para ganarse la vida, recurren a este tipo de actividades.
El paro no fue espontáneo ni ideológico. Fue económico. Los motorizados reaccionaron a una reducción en sus tarifas que impactó directamente su ingreso diario, en un esquema donde no existe salario fijo ni estabilidad. Estamos hablando de una reducción que, según estimaciones de los propios repartidores, puede oscilar entre un 30% y un 40% en el ingreso por pedido. A esto se suma un elemento adicional que ha golpeado directamente a estas actividades: el aumento sostenido en el precio del combustible, impulsado en gran medida por los conflictos geopolíticos en Oriente Medio. Tanto los servicios de delivery como los de transporte por plataformas dependen directamente del costo del combustible, por lo que cualquier incremento impacta de forma inmediata los márgenes de quienes operan bajo estos esquemas. Es decir, no solo están ganando menos por pedido, sino que además sus costos operativos han aumentado. En ese contexto, la ecuación económica simplemente deja de ser sostenible. Estamos frente a una población que depende completamente del volumen de pedidos que logre generar en el día, y cuando el ingreso baja mientras los costos suben, el sistema completo se resiente.
Esta situación no puede analizarse de manera aislada porque responde a una realidad estructural mucho más amplia. En Panamá, la informalidad laboral ronda aproximadamente el 47% de la población ocupada no agrícola, lo que equivale a cerca de 785,000 personas. Si a esto se suma el desempleo, que se mantiene en niveles cercanos al 10%–11%, estamos hablando de más de un millón de personas sin empleo formal. Es decir, más de un tercio de la población económicamente activa está, en la práctica, operando al margen del sistema laboral formal. Dentro de ese universo, las plataformas digitales no son una anomalía, son una válvula de escape. Son un mecanismo que permite a personas fuera del sistema formal generar ingresos en una economía donde el empleo tradicional no está absorbiendo toda la oferta laboral disponible.
A esto se le suma un elemento clave: el factor migratorio. Los motorizados de estas plataformas, en su mayoría, son extranjeros. En Panamá, la población extranjera representa un porcentaje relevante del total del país, pero su participación en ciertos sectores informales es significativamente mayor. Y aquí hay que entender algo fundamental: en Panamá, estar legal no significa poder trabajar. Se manejan dos figuras distintas: una cosa es el estatus migratorio, es decir, tener visa o residencia, y otra muy distinta es tener un permiso de trabajo. Existen miles de personas que pueden estar legalmente en el país, pero que no tienen autorización para trabajar. El resultado es una población económicamente activa que ya participa en la economía, consume, paga servicios, pero que está jurídicamente excluida del sistema formal de empleo y de seguridad social.
Este contexto se agrava con el Decreto Ejecutivo No. 10 de 16 de abril de 2026, emitido por la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre, que regula los servicios de transporte por plataformas como Uber e InDrive bajo la figura de “taxis de lujo”. Este decreto establece requisitos como que los conductores deben ser panameños, contar con una licencia específica tipo E-1, cumplir con condiciones técnicas del vehículo y operar bajo un esquema regulado por la autoridad. Desde el punto de vista jurídico, el decreto tiene una lógica: formalizar, controlar y ordenar el servicio. Sin embargo, desde el punto de vista práctico, introduce una barrera estructural evidente. Excluye automáticamente a una gran parte de quienes hoy prestan el servicio, que son extranjeros y que dependen de esta actividad para subsistir. Es exactamente el mismo problema que estamos viendo en el delivery.
Y aquí es donde la realidad empieza a imponerse sobre la norma. El propio presidente de la República ha anunciado que revisará el Decreto Ejecutivo No. 10 tras las múltiples reacciones que ha generado. Esto, en términos prácticos, es un reconocimiento implícito de que la regulación, tal como fue planteada, presenta problemas de implementación y desconexión con la realidad del mercado. Cuando una norma recién emitida tiene que ser revisada de inmediato, lo que queda claro es que el diseño regulatorio no logró anticipar correctamente el impacto económico y social de su aplicación.
Por su parte, la Ministra de Trabajo ha sido clara en su posición: estas personas no son trabajadores bajo el marco del Código de Trabajo. Y que, en caso de que se pretendiera formalizar este tipo de relación, se tendrían que cumplir los porcentajes de contratación de extranjeros establecidos en la ley, es decir, un 10% en proporción al total de trabajadores y de la planilla, con un 15% permitido para personal técnico o especializado. Desde el punto de vista jurídico, este criterio es correcto. Pero desde el punto de vista económico, resulta inviable. No existe suficiente mano de obra nacional interesada o disponible para cubrir este tipo de actividades en las proporciones que exige la ley.
A esto se suma una contradicción institucional relevante. Mientras el Ministerio de Trabajo sostiene que no existe relación laboral, la Caja del Seguro Social ha venido auditando estas plataformas bajo el criterio de que pagos recurrentes podrían configurar dependencia económica, lo que implicaría la existencia de una relación de trabajo sujeta a cotización. Esto genera una incoherencia evidente: dos entidades regulando el mismo fenómeno con criterios distintos sobre qué constituye una relación laboral.
El impacto económico de este modelo es significativo. No se trata únicamente de los motorizados o conductores. Estamos hablando de una cadena completa que incluye restaurantes, pequeños emprendedores, comercios y consumidores. En Panamá, el sector de restaurantes y servicios de comida depende cada vez más del delivery como canal de ventas. Durante el paro, muchos negocios reportaron afectaciones inmediatas en sus ingresos, lo que evidencia la dependencia estructural de estos servicios. Sin repartidores no hay entregas, y sin entregas se afecta directamente el flujo de ingresos de una parte relevante de la economía urbana. Todo lo anterior sin mencionar los impactos económicos del servicio si estuviese sujeto a sobretiempo y recargos por feriados, etc.
Aquí es donde todo converge en un punto central: tenemos una legislación laboral diseñada en 1971 para una realidad económica completamente distinta. Un modelo basado en empleo estable, subordinación directa, jornadas definidas y estructuras tradicionales de contratación. Hoy la realidad es otra: economía digital, plataformas tecnológicas, ingresos variables, trabajo independiente a gran escala y una creciente participación de personas que operan fuera del esquema formal. No es que la ley esté equivocada, es que no fue diseñada para esto.
La discusión no debería centrarse en si estas plataformas deben existir o no, porque ya existen y forman parte del día a día del país. La discusión debe centrarse en cómo regularlas correctamente. Esto implica redefinir el concepto de relación de trabajo, revisar la política de migración laboral para hacerla más funcional, desarrollar esquemas de cotización flexibles dentro de la Caja del Seguro Social y, sobre todo, alinear los criterios institucionales para evitar contradicciones.
Hay que abordar esta conversación sin pasiones. Este es un tema que fácilmente se politiza y se polariza. Se habla de nacionalismo, de protección del empleo, de informalidad, de explotación. Todos son elementos válidos dentro del debate, pero si nos quedamos solo en eso, no vamos a avanzar. Hemos visto pronunciamientos de gremios empresariales, sindicatos, trabajadores y empresas, todos con visiones distintas, pero más allá de las posturas, hay una realidad que no se puede ignorar: estas plataformas ya son parte integral de la dinámica económica y social del país.
Necesitamos actualizar nuestra legislación laboral. No se trata de debilitar derechos ni de precarizar el empleo. Se trata de hacerlo relevante. Significa reconocer que el mundo cambió, que las formas de trabajar evolucionaron y que el marco legal debe acompañar esa evolución. Más aún cuando estamos entrando en una etapa donde la inteligencia artificial y la automatización van a transformar aún más el mercado laboral. La pregunta no es si debemos regular estas nuevas formas de trabajo.
La pregunta es si estamos dispuestos a hacerlo de manera inteligente, coherente y alineada con la realidad económica del país.
El autor es consultor laboral.