Cebolleros piden a autoridades retirar bulbo con más de 120 días

Actualizado
  • 26/01/2022 19:37
Creado
  • 26/01/2022 19:37
El MICI derogó una resolución que extiende la caducidad a 120 días y a partir de febrero solo se comercializará el bulbo con hasta 75 días de cosecha

A partir del 1 de febrero, la ciudadanía solo puede adquirir cebolla nacional e importada con hasta 75 días de cosecha, almacenada a temperatura ambiente, como lo establece la Resolución 234 de 2021, del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), la que deroga la Resolución 209 de 2021, que extendía de manera temporal el periodo de caducidad a 120 días.

Según la Resolución, el bulbo con más de 75 días es considerado un producto alimenticio vencido, nocivo y no apto para el consumo humano, tal cual lo establece el reglamento técnico DGNTI-COPANIT 52-2017.

La extensión de periodo de caducidad vence el próximo lunes 31 de enero de 2022.

Ante la nueva resolución, la Asociación de la Comunidad Productora de Tierras Altas (ACPTA), solicitó a la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) y la Dirección de Control de Alimentos y Vigilancia Veterinaria del Ministerio de Salud (Minsa), que ejerzan sus oficios para que desde febrero procedan con el retiro de toda la cebolla importada vencida que encuentre a disposición de los mercados nacionales.

El bulbo debe cumplir con ciertas características para su almacenamiento como:

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