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Condenan a 8 años de prisión a 4 personas por estafa agravada en caso R. G. Hotels
- 12/05/2026 16:34
En un fallo trascendental para el sistema judicial panameño, el Juzgado Primero Liquidador de Causas Penales del Primer Circuito Judicial de Panamá declaró penalmente responsables a cuatro individuos por el delito de Estafa Agravada contra el patrimonio económico. La decisión judicial pone fin a un proceso complejo que involucró el despojo de un importante conglomerado hotelero mediante engaños financieros sofisticados.
El Tribunal impuso una pena principal de 96 meses (8 años) de prisión a los señores Howard Víctor Rodríguez, Gregory Louis Kay y Antonio Bonilla Ruíz, en calidad de autores, y a Manuel Cristóbal Valencia Jiménez como cómplice primario. Además, se les impuso una multa accesoria de $10,000 a cada uno a favor del Tesoro Nacional.
La investigación acreditó que los sentenciados desplegaron un “esquema previamente estructurado para generar confianza en la víctima”. Mediante el uso de sociedades sin capacidad económica real, como Guardian Finance Group, Nabali Investment Corp. y Panama Opportunity Partners LLC, los acusados simularon una solvencia inexistente para inducir a error a Rugiere Nelson Gálvez Marcucci, propietario de las sociedades Inversiones Santa Fe Holding, S.A., R.G. Hotels Inc. y Casa de Campo Farallón, S.A.
El fallo destaca que los involucrados utilizaron estas estructuras para obtener el control accionario de las empresas y sus activos —valorados inicialmente en una transacción de $60.7 millones— sin realizar los pagos correspondientes y desatendiendo las obligaciones financieras del grupo hotelero.
Como parte de la resolución, el Tribunal ordenó el levantamiento de las medidas cautelares y la restitución inmediata de 20 fincas a favor de su propietario original, buscando restablecer la situación jurídica previa a la comisión del delito
Aunque una auditoría forense estimó la afectación patrimonial en más de $49 millones, el Tribunal ha diferido la cuantificación exacta de la responsabilidad civil para la fase de ejecución, fundamentando la condena en el daño material directo derivado del desplazamiento del control accionario de las sociedades
Uno de los puntos más potentes del fallo es la evidencia de que las sociedades utilizadas en la negociación estaban inactivas, disueltas o carecían de sustancia operativa al momento de los hechos. Según las pruebas periciales, el esquema incluyó la creación de una “apariencia de legalidad” que permitió a los hoy condenados apoderarse de la administración y los libros contables, para posteriormente promover procesos de quiebra fraudulentos basados en documentación técnica deficiente.
Con esta sentencia, el Órgano Judicial de Panamá reafirma su compromiso contra la criminalidad económica transnacional, destacando que el uso de instrumentos financieros y societarios lícitos para fines defraudatorios constituye una ruptura grave del riesgo permitido en el tráfico jurídico.