Firma digital en 'blockchain': ¿Qué es y qué dice la ley panameña?

Actualizado
  • 25/05/2023 00:00
Creado
  • 25/05/2023 00:00
Es un método de firma por vía de dispositivos electrónicos. La presidenta de la Cámara Comercio Digital y Blockchain de Panamá, Janice Becerra, habló de las novedades y los recursos en torno a este tema
En Panamá hay dos tipos de firma: la firma electrónica calificada y la firma digital simple.

La necesidad de realizar procesos más ágiles lleva a las personas o empresas a incorporarse a distintos métodos tecnológicos para hacer negocios.

Hoy existe la firma digital avanzada con blockchain, un mecanismo tecnológico que permite que ya no sea necesario firmar documentos como contratos, acciones o actas de manera física.

Su validez se contempla en la Ley de 2008 de Comercio Electrónico, así mismo dentro del marco internacional y para negocios internacionales en la Ley Modelo de la Comisión de Naciones Unidas sobre el Comercio Electrónico y recomendaciones de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (Uncitral).

La firma digital es un método de firma por vía de dispositivos electrónicos, que pueden identificar a los firmantes de alguna manera a través de lo que llamamos evidencias, que pueden ser desde la identificación del correo electrónico por medio del que se gestiona la firma, el celular, hasta biometría facial (toma de foto o identificación de la cara), y que se puede comparar inclusive con otros documentos como la cédula, prueba de vida, contraseñas de una sola vez, entre otros, explicó la presidenta de la Cámara de Comercio Digital y Blockchain de Panamá, Janice Becerra.

En este sentido, se le da equivalencia a la firma ológrafa (de puño y letra), sin embargo, hay excepciones que se pueden establecer por ley, como es aquellos procesos que solo pueden ser firmados con la firma electrónica calificada, o que requieren alguna formalidad especial como la gestión ante notario público.

Recursos

La presidenta de la Cámara de Comercio Digital y Blockchain de Panamá señaló que este tipo de proceso incluye la gestión del documento para firmar de todas las partes, quedando registrado en blockchain, y de igual forma la emisión de un QR y código del documento.

De esta forma, manifestó, la persona o un tercero podrá buscar el documento para confirmar o verificar su veracidad tanto en la firma como en el texto, cuando otras opciones solo incluyen el proceso de firma, donde el usuario tiene que bajar el documento. Uno de sus mayores recursos es que puede ser utilizado en un juzgado en caso de una controversia.

Campo nacional

Becerra manifestó que en Panamá hay dos tipos de firma: la firma electrónica calificada que está regulada por el Registro Público, y la firma digital simple que está cubierta por la Ley de Comercio Electrónico.

La diferencia básicamente, dijo, consiste en que la firma electrónica calificada (la regulada mediante la Ley 82) tiene prueba a priori en un proceso, quiere decir que se toma como el equivalente a una firma notariada. Por otro lado, las firmas digitales deben incluir para el proceso la certificación notarial (aclaramos que al momento del proceso, no de la firma) o la verificación de un perito que se solicita en el proceso.

Para las firmas digitales existen muchas plataformas y tecnologías que se utilizan. No obstante, la Ley 51 de 2008 establece parámetros de legalidad en los documentos electrónicos, así como la creación de la firma electrónica calificada, que posteriormente fue modificada por la Ley 82 de 2012.

Dentro de la validez de las firmas electrónicas y documentos digitales, la presidenta de la Cámara de Comercio Digital y Blockchain de Panamá sostuvo que es importante aclarar que en el sector privado se pueden utilizar los mecanismos que estén disponibles en el mercado que puedan generar las evidencias probatorias necesarias para comprobar la identificación de las partes, así como su contenido, comprobando también el consentimiento, el objeto y la causa, y siempre que la misma sea inalterable.

“Leyes como la 83 de 2012 y la 144 de 2020 establecen que los funcionarios sí deben utilizar la firma electrónica calificada, emitida por el Registro Público, como medio de sustitución de firma ológrafa en papel”, detalló.

Retos y adaptación

En términos generales, Becerra expresó que con la firma digital en blockchain va a llegar un punto en que ya no serán necesarias las firmas presenciales. Para llegar allá, reconoció que todavía falta más alfabetización digital.

Agregó que existe una pequeña laguna de conocimiento entre la teoría y la realidad, en el sentido de que la mayoría, por más que quisiera hacerlo, no tiene idea siquiera de qué comprende la digitalización, y no puede armar una estrategia definida para implementar estos cambios.

Añadió que si bien es cierto que parte de la transformación digital de un negocio incluye de otros elementos que podrían ser un poco más complejos para algunos, todo negocio, dijo, requiere establecer un objetivo de automatización de procesos, y a su vez el manejo digital de su operativa interna y hacia sus clientes. Esto incluye la eliminación física de solicitudes, formularios, contratos, entre otros documentos, que pueden ser gestionados a través de alguna plataforma segura que además permita la firma de estos, sin requerir una firma hológrafa.

“Bancos, seguros y financieras, por mencionar algunos, requieren muchas veces el llenado de formularios cada vez que un cliente solicita un producto, aun manteniendo ya en expedientes la misma información. Pese a que pudieran haber algunas limitantes establecidas por el regulador, lo cierto es que en muchas ocasiones a pesar de que exista permisividad de digitalizar el proceso, muchos no confían en la seguridad o legalidad para llegar a ello, sobre todo por la costumbre de sentir que de la manera tradicional funciona lo suficiente bien para cambiar”, expuso.

Becerra cree que en la medida que se inculque una alfabetización digital a las personas, estas ya no se sentirán incómodas con los cambios o la adaptación de las mismas.

“De esta manera, la gente poco a poco se va acostumbrando y se adaptará a los cambios, que al final verán normal. Además, todas las empresas, desde micro hasta grandes, deben adaptarse y reformar su negocio con la cuarta revolución digital”, dijo.

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