Harley Mitchell: Desarrollo Turístico San Carlos ‘sí cumplió con los procedimientos legales’

  • 28/05/2026 00:00
El Ministerio de Ambiente y el abogado ambiental, Harley Mitchell, confirman que el proyecto cuenta con un EIA Categoría II aprobado, mientras avanzan los trámites de regularización y fiscalización en el terreno

El abogado ambientalista, Harley Mitchell, aseguró que el proyecto de Desarrollo Turístico San Carlos “sí” cuenta con el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) Categoría II correspondiente, aprobado por el Ministerio de Ambiente (MiAmbiente) mediante la Resolución No. DEIA-IA-073-2024 de 25 de octubre de 2024. El estudio contempla actividades de tala, limpieza, desarraigue e infraestructura para futuro desarrollo, fijando las medidas de mitigación y seguimiento.

El Ministerio de Ambiente, por su parte, confirmó en un comunicado que el proyecto “cuenta con los Estudios de Impacto Ambiental categoría II aprobados... conforme los procedimientos establecidos en la normativa ambiental vigente”.

En una entrevista con La Estrella de Panamá, Mitchell aclaró la naturaleza del área privada de trabajo: “El lote de terreno privado, que si bien colinda con un ecosistema de manglar, no es parte del ecosistema de manglar. Los permisos de tala a los que me refiero, son de naturaleza pública, cualquiera puede ver en qué consiste el inventario forestal”.

El especialista explicó que el inventario forestal del EIA demuestra que no se trata de un bosque de manglar. “Es diferente el ejemplar de manglar que un bosque de manglar”, expresó, asegurando que las fotos que circulan en la internet de una masa verde removida “no es manglar” sino ejemplares aislados y especies “colonizadoras” de áreas rurales.

Precisó que el permiso autoriza remover cobertura vegetal que incluye tres o cuatro ejemplares de mangle, para los cuales el promotor pagó la tarifa de la Autoridad de Recursos Acuáticos (ARAP) de 2008 para desarrollo turístico.

Así que el proyecto “no” afecta el manglar en playa La Ensenada ni se desarrollará sobre un humedal natural, sentenció el abogado ambiental.

Procedimientos, consultas e indemnización

Mitchell confirmó que el trámite “sí, cumplió con los procedimientos legales”, incluyendo la consulta ciudadana y actividades públicas que constan en el expediente. Además, el proyecto cumplió requisitos adicionales de MiAmbiente: la distancia de la alta marea aceptada por el Instituto Geográfico Nacional Tommy Guardia y un estudio arqueológico presentado ante el Ministerio de Cultura (MiCultura).

Sobre las compensaciones, Mitchell aseguró que el proyecto “sí” ha cumplido con el pago de la indemnización ecológica por hectárea —que incluye las gramíneas (grama)— conforme exige MiAmbiente y se encuentra ejecutando el plan de compensación ambiental aprobado dentro del EIA. Todo esto en cumplimiento del artículo 7 de la Ley 1 de 1998 (Ley General del Ambiente), al Convenio de Biodiversidad Biológica (artículo 14) y al convenio RAMSAR (Ley 6 de 1989).

Mitchell recordó que tras el EIA empieza una relación de supervisión constante. En ese sentido, MiAmbiente señaló que en 2025 ordenó la paralización temporal de las actividades debido a incumplimientos ambientales y falta de permisos vigentes. Sin embargo, el promotor presentó documentación para subsanar las faltas. “A la fecha, el proyecto mantiene trámites y gestiones en curso ante el Ministerio de Ambiente, en función de regularizar su situación conforme al derecho”, afirmó la institución.

Paralelamente, en junio 2025, el Centro de Incidencia Ambiental (CIAM) presentó una demanda de nulidad contra el EIA categoría II, al considerar que incumple normas y contradice un fallo de la Corte Suprema de Justicia de 2015 que exige un EIA categoría III para intervenciones en esta zona.

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