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- 14/10/2026 12:36
El Consejo de Gabinete aprobó este martes 13 de octubre extender por seis meses adicionales las medidas temporales que regulan la comercialización del café tostado en Panamá, a través del proyecto de Decreto 14-26, el cual modifica el Decreto de Gabinete N° 5 del 30 de marzo de 2021.
La decisión busca proteger la industria nacional mientras se evalúan las condiciones actuales del mercado por parte de los actores involucrados, informó la Presidencia de la República, a través un comunicado.
La medida se adoptó luego de que la Cadena Agroalimentaria de Café —integrada por representantes de los productores, la industria procesadora y el sector gubernamental— realizara una evaluación el pasado 20 de agosto de 2026, según informó.
En dicho encuentro, los actores involucrados acordaron solicitar la prórroga de medio año al Decreto de Gabinete N° 5 del 30 de marzo de 2021, marco que establece los lineamientos para la comercialización del rubro.
Marco legal y vigencia
La solicitud se concretó con la aprobación del proyecto de Decreto 14-26, el cual modifica la fecha de vencimiento de la normativa previa y extiende su aplicación por seis meses, a la espera de un nuevo análisis del mercado.
De acuerdo con la información, el análisis para esta extensión consideró el vencimiento previo de los controles temporales, fijado para el 6 de octubre de 2026.
Legalmente, la medida se ampara en el artículo 6 de la normativa, el cual establece su entrada en vigor desde la promulgación y contempla la posibilidad de prorrogarse según los resultados de las evaluaciones pertinentes.
Estas regulaciones temporales a la comercialización del café tostado se han extendido de forma continua desde 2021. Las renovaciones más recientes se efectuaron a través del Decreto de Gabinete N° 36 del 14 de octubre de 2025 y el Decreto de Gabinete N° 2 del 14 de abril de 2026.